Dudas con plus de peligrosidad

Realizada por Oier. 12 oct 2017 Abogados laboral

¿Se puede pagar un plus de peligrosidad a unos trabajadores si y a otros no, siendo los trabajadores iguales en cuanto a puesto de trabajo, misma empresa, mismo tipo de trabajo, etc? Me explico.


Trabajo en Bizkaia, a mi empresa se le aplica el Convenio colectivo del metal de Gipuzkoa.

Estamos divididos entre Bizkaia y Gipuzkoa. En Bizkaia estamos solo 9 trabajadores en éste puesto de trabajo (PM - Peón Mantenimiento básico de ascensores).


En una comida de empresa, hablando con los trabajadores de Gipuzkoa, nos enteramos que a ellos les están pagando un plus de peligrosidad, incluso a los que son PM como nosotros de Bizkaia. Desarrollan el mismo trabajo, en las mismas condiciones, misma empresa, etc. Es todo igual y no entendemos por qué a ellos SI se les paga y a los de Bizkaia no.


Llevamos desde Enero reclamando ésto a gerencia. El anterior gerente nos comentó, solo hablado sin dejarlo escrito, que efectivamente nos tenían que pagar ese plus y los atrasos no pagados, pero hubo cambio de gerente y hasta ahora no hemos conseguido concertar reunión con el nuevo.


Aún no hemos hecho la reunión, la tenemos para dentro de 2 semanas, pero los "rumores" que nos llegan es que éste gerente no tiene intención de pagarnos nada. Que nos comentará que lo que se nos paga ahora está acorde con lo que hemos firmado cada trabajador en nuestros contratos. Parece que por ahí van a ir los tiros de lo que nos comentará la gerencia.


También nos ha llegado otra "excusa" que comentan que el plus éste en Gipuzkoa se lo están pagando a los que hayan trabajado en Montaje de ascensores, aunque ahora estén en Mantenimiento como nosotros. Que "como han trabajado en Montaje, allí se les pagaba ese plus y ahora aunque estén en Mantenimiento, como nosotros, el plus se les mantiene".


Y por nuestra parte, lo que sostenemos, es que un plus de peligrosidad es;

--> Si en un puesto de trabajo hay un riesgo, se elimina.


--> Si no se puede eliminar, se asume ese riesgo (siempre minimizándolo en lo posible), y se paga al trabajador un "Plus de peligrosidad".


--> Y si en algún momento se consigue eliminar ese riesgo, el plus automáticamente se deja de pagar.


En resumen,

--> Hay riesgo - se paga

--> No hay riesgo - no se paga


Si los PM de Gipuzkoa y Vizcaya desarrollamos el mismo trabajo, en las mismas condiciones, y todos pertenecemos a la misma empresa y nos regimos por el mismo convenio colectivo, ¿tenemos razón reclamando que deberían pagarnos también a nosotros el Plus?


Todo esto es para intentar ir a la reunión con el gerente dentro de 2 semanas lo más preparados posible.

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Buenos días Oier, en el caso planteas hay que acudir al convenio sectorial que os es aplicable y al contrato de trabajo, si el plus no está expresamente contemplado ni en uno ni en otro díficilmente la empresa os lo reconocerá, independientemente de que sí lo haya hecho para otros trabajadores a los que les sea aplicable otro convenio por distinta ubicación geográfica de su puesto de trabajo.Si ello fuera así deberías solicitar judicialmente el plus de peligrosidad, para lo cual habría que reclamarlo a la empresa primero por vía de conciliación y despues ante el juzgado de lo social. En tal caso el hecho de que por idéntico trabajo la empresa lo esté pagando a otros trabajadores es un dato relevante de cara a que el juez os lo reconozca también a vosotros.

Juan Feliu Abogado Abogado en Palma de Mallorca

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El plus va unido a las características del puesto, cumplido esto tenéis derecho a reclamar a la empresa aunque como máximo 1 año.

Avendaño & Asociados Abogados Abogado en Bilbao

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