Dudas con el despido y el finiquito

Realizada por jorge. 2 abr 2012

Hola a todos,


Cuento mi caso. Yo entre a currar el 2 de abril del 2008, y desde el año pasado hasta ahora estoy de baja. Empecé el 28 de noviembre y el día 30 de marzo llamé a la empresa porque no me habían pagado mi nómina mensual y me doy con la sorpresa de que estaba despedido y que me habían mandado un burofax el día 20 de marzo. Me quedé tonto con lo que me dijo. Pregunté a que dirección me lo habían mandado y me dijeron una dirección en la que no vivía, porque ahora he cambiado de domicilio. Aunque si hubiese estado en la dirección, donde ellos dicen haberme mandado el burofax igual no hubiese llegado. Tengo dudas porque no tengo en mi poder ese burofax y no sé cómo no me avisaron por teléfono? o si ellos se han equivocado de dirección?


El caso es que yo les dije que se habían equivocado y solo me han dicho que me fuera a por el finiquito y que ahí tenían la copia del burofax. Ahora mi pregunta es: ¿estando de baja que m corresponde? ya que tengo casi 5 años cumplidos de haber trabajado y estoy con contrato indefinido y estoy de baja por depresión mayor. Si firmo me han dicho que ponga “no conforme” ¿Es eso verdad? También quiero saber exactamente qué es el finiquito, y qué es indemnización y liquidación y si me corresponde algo más de paga?

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Se puede despedir a un trabajador estando de baja.- Luego habrá que ver si el despido es improcedente o nulo.- En el caso que Vd. plantea lo más importante es que no se le pase el plazo de 20 días que tiene para reclamar.

Mi consejo es que vaya a la empresa, que exija le entreguen la comunicación de despido y que rápidamente se ponga en contacto con un abogado para presentar la papeleta de conciliación ante SEMAC y posterior demanda en su caso.

Quedamos a su disposición en este correo

Elejabeitia Abogados.- Fernando de Elejabeitia.-

Elejabeitia Abogados Abogado en San Bartolomé de Tirajana

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Hola buenas, me explico, me dieron una carta de despido disciplinario por hurto, en el que me dan 15 días para recurrir, yo no he recurrido y ahora me han enviado un fax donde dice: ratificar y mantener, la suspensión de la prestación de actividad cooperativizada, así como suspender al socio de todos sus derechos, incluso económicos… ¿hasta qué punto es legal eso? ¿No tengo derecho a finiquito ni paro? Gracias.

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Hola, soy Jorge, el chico que fue despedido estando de baja.

Realmente os agradezco mucho el haberme ayudado con sus respuestas a todos, hoy fui y me han pagado bien la indemnización que me corresponde por 45 días por año por un despido improcedente, hoy firmé el finiquito y obtuve el burofax de mi despido. Ahora yo he pedido un certificado de baja temporal para que se me pague en el instante, para que me hagan un pago directo, y yo en mayo me estoy dando el alta y recién iría al paro pero me han dicho también que si voy al ins tantos días estos serán descontados del paro.

Me liquidaron 7.500 por 4 años y no sé si tengo suerte o no pero creo que mi liquidación fue lo justo 6.280 x indem... y 1.220 por liquidación, pagas vacaciones, etc. ya que había trabajado hasta el 20 de marzo.

Muchas gracias a todos.

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Buenas tardes:

En primer lugar decirte que el finiquito que te entregue la empresa debes firmarlo indicando al lado "No conforme", lo cuál te facilitará las cosas a la hora de interponer cualquier reclamación.

En segundo lugar, sí que se puede despedir a un trabajador estando de baja, pero ésta no puede ser el motivo del despido.
No indicas qué tipo de despido te aplica la empresa (improcedente, objetivo...), dato necesario para poder orientarte de una forma más precisa.

Existe un plazo de 20 días para impugnar un despido, así que el mejor consejo que le podemos dar, es que acuda a un abogado para que estudie su caso y le indique el modo de proceder.

Un cordial saludo

Teresa Rodríguez Magdaleno, Abogada Abogado en Avilés

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Estimado Jorge,

La empresa ha decidido despedirte, estando de baja también puede producirse el despido, y lo ha hecho con un burofax, medio que suele ser habitual. En cuanto al lío del domicilio, bueno, depende de si tu le has comunicado a la empresa el cambio de domicilio, si no lo has hecho no se les puede recriminar su actuación, otra cosa es que sí lo supieran.

Te toca decidir si conformarte con el despido del que has sido objeto, no indicas los motivos que dan para despedirte, seguramente no los conoces aún, o quieres impugnarlo.

Te aconsejo que acudas a recoger el burofax, el finiquito y que, efectivamente, al firmar la documentación indiques la coletilla "no conforme", con lo que salvaguardas tu derecho a recurrir el despido. El finiquito incluye la liquidación de lo adeudado hasta el momento del despido y la indemnización que corresponda al tipo de despido acordado por la empresa, 20 días objetivo, 45 improcedente, etc.

No es posible darte una respuesta de los términos económicos ya que eso requiere examinarlos detenidamente y no aportas ningún dato al respecto.

En todo caso ten en cuenta que tienes 20 días hábiles para interponer la demanda por el despido, si es que la quieres recurrir y que antes tienes que interponer la correspondiente conciliación. Por eso te recomiendo que actúes cuanto antes.

Espero haberte ayudado.

Despacho Arpal Abogados Abogado en Zaragoza

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Buenos días,

En relación a la duda que me planteas sobre la posibilidad de despedir a una persona estando de baja te confirmo que eso es posible. Lo que habría que plantearse judicialmente es si se trata de un despido improcedente o nulo.

Al tratarse de un despido improcedente, se aplicaría una indemnización de 45 días por año trabajado, hasta la entreda en vigor de la reforma laboral.

El hecho de que no te llegue el burofax únicamente es a efectos de comunicación del despido pero entiendo que deberías haber notificado el cambio de domicilio a la empresa.

Puedes acudir a la empresa recoger tu finiquito firmando como no conforme y plantear reclamación ante del SMAC previo a la interposición de la correspondiente demanda por despido improcedente.

Lamentablemente con los datos que me facilitas no puedo ampliarte la respuesta, no obstante quedo a tu disposición por si quieres iniciar acciones legales, ruego te pongas en contacto conmigo enviándome una solicitud a través de la web.

Saludos.

Maria Prota Abogados Abogado en San Lorenzo de El Escorial

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La empresa puede despedirte estando de baja. Tienes que saber que tienes 20 días para impugnar el despido y también que debes poner en todos los documentos que te presente a firmar la empresa No conforme.

En cuanto a los conceptos:

- indemnización es la cantidad de dinero que te corresponde por haberte despedido y depende de la antigüedad que tengas en la empresa.
- liquidación es el abono del salario que te adeudan en el mes en que se produce el despido, así como las vacaciones que no hayas disfrutado y las pagas extras si no te las pagaban prorrateadas cada mes en la nomina.

Te recomiendo que firmes no conforme y te pongas en contacto con un abogado para que te indique como debes proceder así como el trámite a seguir, plazos y consecuencias legales.

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La verdad es que se puede despedir a un trabajador estando de baja. Siempre tienes que firmar todo lo que te presenten como No Conforme, de ese modo se pueden interponer acciones legales contra la decisión de despido de la empresa.

Con respecto al tema de los conceptos:
- indemnización es lo que te corresponde por el tiempo que has estado contratado.
-liquidación ahí hay que incluir las vacaciones no disfrutadas, las pagas extras si no te las abonaban mensualmente. También el salario del mes en curso en que se produce el despido.

Por lo tanto te recomiendo firmar todo No conforme y después acudir a un abogado que te aconseje como actuar y te explique todo el procedimiento .

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