Hola, Tras fallecer mi padre soy heredero junto a mis dos hermanos de varios inmuebles. Quiero saber si en el caso de que yo renuncie a la herencia si mi parte pasa a mis hijos o si se reparte entre mis hermanos. Gracias
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Buenos días Luis Diaz Costelo,
Si, según el articulo 981 del Código Civil dispone que "En las sucesiones legítimas la parte del que repudia la herencia acrecerá siempre a los coherederos".
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Reciba un cordial saludo,
Departamento Procesal
Dolorier & Asociados Abogados
Buenos Dias, en relación con la consulta realizada, para que sus hijos heredaran , sus hermanos tendrían tambien que renunciar, y entonces pasaría al siguiente grado de descendientes. Si desea que le asesoremos con detalle o valoremos su caso, en Grech Abogados, estaremos encantados de atenderle, y en el caso de que así lo decida representarle en el caso de necesitarlo.