Quisiera saber si es falta o delito unas injurias hechas por red social, es un juicio de faltas y desconozco si el juez que ha determinado, el juicio todavía no se ha celebrado.
He leído esto en el CP:
Solamente serán constitutivas de delito las injurias que, por su naturaleza, efectos y circunstancias, sean tenidas en el concepto público por graves.
Saludos.
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Buenas tardes,
Si el procedimiento es un juicio de faltas es porque se ha considerado una falta.
Si ya le han citado para el juicio, en la misma citación debe de aparecer el procedimiento, es decir juicio de faltas u otro.
No obstante, si no le han citado todavía para el juicio los hechos serán constitutivos de falta o delito según la calificación que realice la acusación particular en sede de instrucción.
Si nos proporcionara más datos podríamos confirmarle exactamente.