Duda Contrato de Arras-Fechas

Realizada por Mireya. 1 nov 2017 Derecho Inmobiliario

Buenos días,


Tengo una duda importante que me gustaría consultaros. Vamos a vender nuestro piso y los compradores desde el primer momento, como tienen que vender dos viviendas, nos transmitieron la necesidad de alargar la venta para que tuvieran tiempo suficiente. Entonces establecimos:

- Primer contrato de arras máximo 31/10/2017.

- Segundo contrato de arras máximo 31/03/2018.

- Firma ante notario máximo 30/06/2018.

- Mes de precario 31/07/2018


Debido a todas nuestras conversaciones y su miedo, hemos organizado nuestro traslado etc para agosto. Han firmado el primer contrato de arras y nos han hecho la transferencia, pero ayer cuando nos entregó el de la inmobiliaria el contrato para firmarlo, nos comentó que como los compradores ya habían vendido un piso si se pudiera adelantar todo.


Nosotros ya no podemos ceder porque tenemos todo organizado, entonces, quiero corroborar con vosotros si los dos párrafos siguientes del contrato de arras no nos impide quedarnos hasta el 31/07/2018, porque aunque todo es por mutuo acuerdo, puede que el segundo párrafo ( el de la estipulación cuarta) le de más derechos al comprador para decidir un día. Os detallo:


Estipulación Tercera

" En el caso que, con acuerdo previo entre las partes, el otorgamiento de la escritura de compraventa se realizara antes de la fecha prevista como máxima en la estipulación Cuarta, la parte vendedora contará con 30 días naturales después de la firma de la escritura pública para dejar el domicilio libre"

Estipulación Cuarta

"La parte compradora, tendrá derecho a elegir el notario y fecha para la escrituración de la presente compraventa, la cual deberá realizarse en todo caso antes del día 30 de Junio de 2018"


Como ya está todo firmado, incluso en las propuestas hablamos de dichas fechas como tiempo máximo, y ya han hecho la transferencia quería saber si efectivamente estos contratos nos garantizan que podamos realizar todo en las fechas máximas aunque los compradores quisieran adelantar todo, porque como ya os he comentado, tenemos todo organizado y no podemos adelantarlo,


Muchísimas gracias por vuestro tiempo.


Un saludo

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Mejor respuesta

Buenos días,

La operación que realiza es lo suficientemente importante como que acuda a un abogado a que examine y estudie el contrato firmado.

Sin examinar el contrato en su integridad es arriesgado darle una respuesta concluyente.

La estipulación que cita puede traerle problemas legales.

Quedo a su disposición.

Un saludo.

Abogado Sergio Corral Abogado en Alicante

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