¿Dónde debo interponer una demanda en la provincia de Barcelona?
Realizada por Zaida Sánchez. 11 jun 2015
Hola, debo interponer una demanda civil a una persona que me debe dinero y se niega a pagar. Tengo e-mails que demuestran el hecho y quiero llevarlo hacia adelante. ¿Dónde debo hacerlo?
Además querría saber qué necesito para presentar la demanda, si supone algún coste y si puedo hacerlo sin abogado.
Luego, ¿cómo notifican a la persona de que ha sido demandada?
Y, por último, ¿qué pasa si la notifican y paga? ¿Podré retirar la demanda sin coste ni nada?
Muchísimas gracias de antemano.
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Buenas tardes Patricia,
Tienes que interponer la demanda en los Juzgados del domicilio de la localidad del demandando, y si es una localidad pequeña que no tiene juzgado, en los Juzgados que le corresponda.
Si en la demanda reclamas menos de dos mil euros, puedes interponerla sin abogado ni procurador, aunque te los recomendamos para que no tengan que notificarte a tu domicilio cada actuación procesal.
Al demandado lo notificarán en el domicilio que hayas facilitado en la demanda.
Si posteriormente paga, puedes retirar la demanda sin coste alguno.
Si quieres más información,en Aldan Abogados tenemos nuestro despacho en Barcelona ciudad, y estaremos encantados de atenderte.
Si la cuantía es pequeña, teóricamente lo podría hacer Ud. solo. Lamentablemente todo tiene costes. Y lo que sea gratis, muchas veces acabará resultando más caro.
Son muchos los aspectos a controlar y por mucho que se le explique costará que Ud. llegue a dominarlos todos.
Busque alguien que sea abogado, que entienda, que tenga experiencia y verá como le preguntará más detalles y le guiará para que no tenga Ud. ningún tropiezo que acabe lamentando.
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Buenos días
Usted puede presentar una reclamación dineraria sin abogado y procurador en el partido judicial a que pertenece el domicilio de su deudor. Para averiguarlo, vaya a la página web http://www.cgpe.net/demarcacion.aspx y ponga el nombre del domicilio.
La reclamación se llama "monitorio" y puede presentarse con unos formularios que ya tienen en los Juzgados. El deudor tiene veinte días para pagar y si no lo hace se le puede embargar. Si en ese plazo dice que no debe la deuda, entonces habrá un juicio para lo que sí que ya será necesario abogado y procurador (si la deuda es de más de 2000 euros).
Para cualquier aclaración o comentario, estoy a su disposición.
Saludos
Podrá presentar una demanda de proceso monitorio reclamando la deuda, en el Juzgado de Primera Instancia de residencia del deudor, debiendo aportar los documentos que acrediten la misma.
Para interponer el monitorio no precisa de la intervención de abogado ni de procurador, independientemente de la cuantía que reclame.