Buenos días. Firmé un documento de "paga y señal condicionada" para el alquiler de un piso, en el que se indicaba por escrito que en el plazo de 7 días hábiles el propietario debía aprobar o rechazar este documento (Fue a través de una inmobiliaria).
Ayer venció el plazo y quiero saber si puedo exigir el doble de la cantidad depositada, tal y como se indicaba en el documento: "la parte propietaria deberá pagar el doble en caso de que una vez confirmada, renunciase".
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Buenos días Elena,
Para un correcto asesoramiento, deberíamos poder estudiar el documento que usted firmó.
Si que nos gustaría destacar, que no es lo mismo rechazar la propuesta (en este caso supongo que el documento especificaría que la inmobiliaria le devolverá el dinero) que aceptar la propuesta y posteriormente no cumplir con el compromiso y echarse atrás (suponemos que para este caso es para el que el documento prevé el derecho a reclamar el doble de lo desembolsado).
Quedaos a su disposición para ayudarle a gestionar este asunto de la mejor manera posible.
Buenos Días, en relación con la consulta realizada, le informamos que si Ud ínformo debidamente al propietario del inmueble de ese plazo y este ha sido incumplido por este, podrá reclamar el importe . No obstante habría que valorar su caso y el contrato de atrás que haya firmado. Si desea que valoremos su caso, venga a vernos, en Grech Abogados, estaremos encantados de atenderle.