Divorcio de acuerdo mutuo con uno de los cónyuges en el extranjero
Realizada por elena. 30 jul 2013
Española casada en Bélgica, matrimonio y régimen matrimonial registrado en el Consulado español en Bélgica. Empadronada en España desde mayo 2013 con los 3 hijos del matrimonio. Todavía empadronados también en Bélgica (en distinta dirección que el padre desde hace años). ¿Qué juzgado es competente? ¿Puedo iniciar el proceso en Bélgica?
Respuesta enviada
En breve comprobaremos tu respuesta para publicarla posteriormente
Ha habido un error
Por favor, inténtalo de nuevo más tarde.
Mejor respuesta
Esta respuesta le ha sido útil a 1 personas
Pueden iniciar el proceso en el lugar de domicilio, si usted residen en España lo más cómodo es iniciarlo en España y que venga su pareja a ratificarlo o ratificarlo por poderes.
Tiene mi despacho a su disposición por si precisa asesoramiento,
saludos.
Buenos días.
Al respecto puede consultar los artículos 769, 45 y 46 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Hay distintas posibilidades en función del último domicilio común, o el domicilio de uno de los cónyuges.
Es conveniente también conocer, si el divorcio será de mutuo acuerdo o contencioso...
Un cordial saludo, y quedo a su disposición.
Conforme directiva Europea, podrá iniciar el proceso en el domicilio donde lleve residiendo más de un año , si no está empadronada este tiempo, lo podrá acreditar de otros modos (colegios, etc): También cabe la posibilidad de instar el procedimiento en el domicilio habitual de los menores. Habría que conocer el caso concreto y poder plantear la competencia que más le pueda interesar, pues hay varias opciones.