Divorcio: ¿cómo quedaré económicamente después del juicio?
Realizada por Lucho. 16 may 2014
España (Madrid).
Hola, me estoy divorciando con dos niños de 2 y 4 años y según veo lo más seguro es que la custodia se la den a la madre junto con el domicilio conyugal.
En este caso quiero preguntaros cómo que daría económicamente si yo me tuviera que ir de casa. Es decir, qué pensión alimenticia tendría que pasar para los dos niños y la hipoteca que pagamos por la casa es de 800 euros.
Los dos somos funcionarios y ella gana unos 2000 euros al mes en 14 pagas y yo 1300 euros al mes también en 14 pagas.
Gracias y saludos.
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Se tendrán en cuenta varios factores, pero sobre todo la capacidad económica de los padres y las necesidades de los menores. Con sus ingresos y los de la madre calcule unos 200 euros por cada menor.
El Código Civil establece que el importe de la pensión de alimentos se fijará en función de los ingresos-gastos de los progenitores, y de los gastos de los hijos (variando según vayan a colegio público o concertado, etc), información de la que no disponemos. Somos un despacho de abogados de Barcelona expertos en Derecho de Familia, quedamos a su disposición.
Indicarle que en Derecho no es una ciencia exacta y dependerá de muchas cosas, entre ellas, que cuente con un buen abogado experto en divorcios. Tenga en cuenta que el préstamo hipotecario deberá abonarse por mitad y, con los sueldos que indica -recordándole que depende de muchos factores- la pensión será de 180-225 euros por hijos y gastos extraordinarios necesarios por mitad. Saludos cordiales,
Hola buenos días, si convienen que la custodia se la den a la madre o bien si lo decide un juez en caso de ser un divorcio contencioso, usted además de hacerse cargo al 50% de la deuda hipotecaria, deberá de pasar a sus hijos una pensión. El mínimo de la misma no suele ser inferior a 100 euros por niño. Independientemente de su situación económica. Según sus ingresos es posible que sea algo mas.
Un saludo.
Estimado Sr.
La custodia dependerá de cómo lo hayan negociado en el convenio regulador. En caso de ser otorgada a la madre, usted tendrá que aportar una pensión de alimentos, que suele ser el 10% de su haber. La hipoteca, si está escriturado el inmueble a nombre de los dos cónyuges, será al 50% hasta su liquidación.
Quedamos a su disposición. Atentamente
En caso de que la guarda y custodia de sus hijos le sea atribuida a la madre, a vd. se le fijará un régimen de visitas y estancia con los menores.
La atribución de la guarda y custodia llevará consigo que se le asigne el uso y disfrute del domicilio familiar.
En cuanto a la pensión de alimentos que tendría que abonar, teniendo en cuenta los datos económicos que aporta de cada cónyuge, y que su localidad de residencia es en Madrid, le correspondería satisfacer en concepto de pensión de alimentos para ambos hijos una cantidad de unos 430 euros.