Mi empresa me debe una parte de una paga retroactiva por aumento del salario en el convenio (100€), ¿por esta cantidad estaría en mi derecho de rescindir mi contrato por impago de la empresa con indemnización de despido improcedente cuando hayan pasado 3 meses? Teniendo en cuenta que el resto de pagos sí son puntuales a la hora de abonarlos... solo que se niegan a pagar esta paga. En el caso de que la empresa se negara a abonarme el despido improcedente (claramente lo que sucedería), ante una reclamación judicial, ¿un juez me daría la razón?
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Buenos días:
El impago de salarios es uno de los requisitos contemplados por la Ley para demandar a tu empresa y rescindir el contrato unilateralmente por impago de salarios.
El problema que existe, que hasta que no se celebre el juicio tienes que seguir trabajando.
Otra posibilidad es presentar primero en el CMAC y luego a los Juzgados de lo social la Reclamación de Cantidad que te la fijarán para dentro de 2 años como mínimo.
Atentamente
Según los Tribunales el retraso tiene que tener la suficiente envergadura para que sea considerado incumplimiento de la empresa. En su caso lo más oportuno será reclamar en el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación de la Comunidad donde resida.
Interponga una papeleta de conciliación para reclamarle la cantidad (tiene un año para hacerlo).
Buenas tardes. Si lo que considera es que le deben cierta cantidad de dinero que no le incluyen en su salario, lo que debería hacer es interponer una reclamación de cantidad a su empresa, no siendo necesario en este caso el despido. No obstante, y al tratarse de un enunciado tan general, sería conveniente revisar bien el asunto. Quedamos a su disposición para estudiar su caso con mayor detalle.