Despido injustificado por enfermedad presentada en el trabajo

Realizada por Johan13. 5 jul 2020

Empresa Sodexo me despidió injustificadamente por presentarme Dermatitis en la cara. Mi actividad laboral consistía en realizar mantenimiento e instalaciones de cielo razos utilizando materiales de laminas de sonocor, aislante término Frescasa y Silicona industrial. Tenia el cargo de Auxiliar de Mantenimiento. A los 7 meses de estar trabajando empezó a aparecerme eritemas en la cara los cuales eran fastidiosos y dolorosos y pues eso lo informaba a HESQ y este me suspendía de mi labor y me enviaba a Urgencias a la unidad médica más cercana. En esas idas los médicos me daban medicamentos para la aliviar la inflamación y el ardor presentado en la cara y me daban salida al considerar que no era una urgencia y que debía remitirme a medicina general de la Eps. Como tres veces HESQ me envió a urgencias y me exigía incapacidad por que al siguiente el eritema persistía y los galenos no me recetaban medicamentos y así como la inflamación estaba aún no podía laboral. HSEQ Decide apartarme de mi cargo y manterne en la oficina hasta nueva orden.

Luego el administrador de contrato decide con HSEQ enviarme a realizar una valoración con el médico de la IPS de la empresa y este al ver mi estado procede a realizar la valoración diagnosticando que presento dermatitis de contacto, me restringe de mi labor dando las recomendaciones de que no podía tener contacto con productos químicos, exposición al sol y no trabajar en espacios de altas temperatura, y que realizara valoración por especialista de dermatología. La empresa me exige que realice dicha valoración por mi Eps y traer a HSEQ todas las evidencias para su vigilancia.

Antes de firmar contrato con la empresa estaba en CAJACOPI subsiado y al momento de ser cotizante la EPS me pasa a régimen contributivo y me atendían por medicina general en ALBANIA, LA GUAJIRA, en el hospital de aquel municipio según lo que el sistema de datoa le arrojo a HESQ, pero al presentarme para apartar la cita me llevo la sorpresa de que mi Eps no tenia convenio con esa unidad medica y en la actualización aparecía en la sede principal que es BARRANQUILLA. Me tocó viajar aya para ver como me solucionaban o desvincularme y pasarme a otra EPS, ellos me solucionaron redactandome un oficio para trasladarme a una sede cercana a mi lugar de trabajo la cual quedaba en Riohacha.

Fui lleve ese papel a Riohacha a los tres días me hicieron efectivo el traslado y pude apartar la cita primero por medicina general y el médico al ver mi estado me recetó unos antiinflamatorios y me remitio al dermatólogo. La EPS me dio la autorización aparte la cita mediados a 20 días. En la cita con la dermatologa esta me pregunto por mi actividad laboral y el entorno laboral. Me diagnóstico Dermatitis de contacto tambien, con eritema discreto con escamosida y me recetó un tratamiento de dos meses con jabón liquido Dove bebé, Dexometasona, Lubrider tapa azul y bloqueador sunday. El tratamiento tenia un valor de 240mil pesos los cuales sacaba de mi sueldo más los pasajes por que la empresa no me los daba.

HESQ me exigió una restricción por parte de dermatología. pero esta me la negó por que no tenia la competencia por que ella no era médico laboral. Que eso le correspondía a HSEQ, determinar eso con medicina laboral de la ARL. Algo que la empresa jamás hizo. Lo que decidieron fue dejarme en labores de oficina hasta que se completara el tiempo del tratamiento.

Al pasar los dos meses y voy a apartar la cita con dermatología por el control, al llegar a la EPS Cajacopi me llevo la sorpresa que no estoy vinculado con ellos y que estaba en Eps Sanitas. Informo de este proceso a la empresa y me tocó empezar el proceso de cero.

Ese proceso duró un mes y cuando me atienden en dermatología el dermatólogo de turno me determino que al no interactuar con mi labor y que la inflamación en la cara continuaba me diagnóstico Dermatitis Seborreica y que no obedecía a químicos y que obedecía al entorno laboral y por la utilización de tybre y que la alta temperatura que me generaba el EPP me produjo la dermatitis y que los químicos contribuían a la inflamación y tampoco me dio restricción por que eso no le competía por su especialidad.

A los dos días de entregar el dictamen del dermatólogo la empresa decide terminarme el contrato unilateralmente e injustificadamente el 13 de feb de este año. Faltándome un mes de contrato aún con un período de tiempo laborado de 11 meses y 21 días.

Nota: No me realizaron test de alergia para determinar de donde me provino la dermatitis.

La empresa me dejó vulnerable ante la pandemia del COVID-19 y no pude acceder al subsidio del cesante por que me faltaron 9 días para completar el año que es el requisito para adquirir el subsidio.

El monto por la indemnización y la liquidación del tiempo servido y el que me faltaba vino muy bajo y no me dieron la hoja de la liquidación y tampoco donde me informaba mi despido, RRHH me lo ha negado.

Los EPP para mi trabajo no eran los adecuados por que según la ficha técnica de la manipulación de la fibra de vidrio exigía monofagas y tapabocas con microfiltro y jamás me dieron esos equipos de protección, mucho menos me realizaron un curso de manejo de sustancias químicas que la empresa CERREJON exigía a los trabajadores de contratistas que manipulaban químicos.

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