Despido disciplinario falso

Realizada por Cristian B.C.. 17 dic 2014

Hola. Me han hecho un despido disciplinario acusándome de hechos falsos. ¿Cómo puedo reclamar? ¿Qué pasos debo seguir?

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Las formas y efectos del despido disciplinario vienen reguladas por el articulo 55 del Estatuto de los Trabajadores, y en concreto en su punto primero, especifica que "el despido deberá ser notificado por escrito al trabajador, haciendo figurar los hechos
que lo motivan y la fecha en que tendrá efectos".

Si usted no ha firmado ningún documento dónde reconozca los hechos, tienes 20 días para interponer una papeleta de conciliación en el SMAC, reclamando la improcedencia del mismo, de no haber acuerdo, podrá interponer la correspondiente demanda en el Juzgado Social que le corresponda.

Debo señalar que el plazo de veinte días que dará interrumpido en el momento que presente la papeleta, pero deberá tener en cuenta que de no haber acuerdo en el SMAC, solamente tendrá plazo para interponer la demanda los días que le queden de restar los días hábiles del plazo de veinte días, desde que tuvo efectos el despido hasta que presentó la cita conciliación.

Resto a su disposición para cualquier duda o gestión

BC Assessoia Laboral

BC Assessoria laboral Abogado en Vilanova i la Geltrú

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Buenos días Cristina B.C.,

El que los motivos del despido no se ajusten a la realidad del mismo, determina su improcedencia, con la opción del empresario de abonarle la indemnización oportuna.

Si le han abonado la indemnización y finiquito oportuno, no tiene nada que reclamar por el despido.

Si no le han abonado indemnización ni reconocido la improcedencia, debe interponer papeleta de conciliación ante el SMAC previa a la vía judicial en el plazo de 20 días hábiles.

Quedamos a su entera disposición por si necesita que la asesoremos de manera personalizada.

Reciba un cordial saludo,

Departamento Laboral
Dolorier & Asociados Abogados

Anónimo-226992 Abogado en Madrid

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Debe reclamar por despido improcedente en un plazo máximo de 20 días hábiles, en primer lugar formular conciliación y si no hay acuerdo presentar demanda en el juzgado de lo social.
Quedo a su disposición para ampliar información o presupuesto de honorarios
Saludos

Gonzalo Frías Gómez - Abogados Abogado en Ciudad Real

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Pues lo más importante es que no dejes pasar los plazos antes de acudir a un abogado que te asesoré sobre las posibilidades de éxito, has de saber que dispones de 20 días hábiles para presentar una papeleta de conciliación ante el SMAC, siempre y cuando no hayas firmado la carta de despido pues entonces estarías reconociendo los hechos, si realmente no es un despido disciplinario, lo que tu reclamarías es la improcedencia del despido por lo que te podría corresponder una indemnización de 33 días por año trabajado. Para cualquier duda estamos a tu disposición.

Saludos,

López e Turnes abogadas.

Ana López Giráldez Abogada Abogado en Santiago de Compostela

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