Desistimiento de arrendamiento

Realizada por Marcos Sal. 3 mar 2015

Buenos días. Firme un contrato de alquiler de una duración de un año. Al principio parecía que el piso estaba en buenas condiciones, pero con el paso de las semanas se pudo ver muchas humedades y otros defectos. Si opto por abandonar el piso y aviso con un mes de antelación, ¿el dueño podría reclamarme todo el año menos los 2 meses que llevo viviendo allí? ¿o solo la fianza? Gracias

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Buenos días Marcos,

Desde el último cambio de la normativa aplicable al caso que nos plantea sólo se le exige que avise con un mes de antelación para rescindir el contrato, por cualquier medio fehaciente en Derecho. Se entiende por ello burofax, carta certificada, etc.

Saludos cordiales,

jeronilliteras Abogado Abogado en Manacor

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Buenos Dias en relación a la consulta que realiza ud, tan solo tiene obligación de avisar con un mes para rescindir el contrato, por cualquier medio fehaciente en Derecho, (carta, burofax,etc). Si desea que le atendamos y valoremos su caso, no dude en ponerse en contacto con Grech Abogados.

Grech Abogados Abogado en Madrid

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Con la nueva LAU solamente es exigible que preavises con 1 MES de antelación independiente del tiempo que hayas permanecido en el inmueble.

Además si tienes humedades y dueño no te las repara,siempre y cuando tú le hayas mandado notificación, puedes rescindir el contrato en cualquier momento.

Libertas Abogados Abogado en Bilbao

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Buenos días.

Existe un período mínimo de validez de 6 meses, por lo que si usted abandona antes de ese período el arrendador le podrá exigir el cumplimiento/pago de dicho período.
Los plazos superiores podrán ser exigibles también, según lo que hayan pactado en el contrato de arrendamiento.

En cualquier caso, de haber esas deficiencias en la vivienda, tendrá usted la obligación de comunicárselas por escrito (mediante burofax por ejemplo) para que pueda el arrendador poner solución lo antes posible. Si se negase podríamos exigirle una reducción en la renta o algunos perjuicios según circunstancias.

Fuera de lo anterior expuesto los casos para resolver sin indemnizaciones recíprocas están tasados, por lo que le recomendamos que consulte con nosotros para ampliar la información.

Un saludo.

Despacho Borche Abogado en Palma de Mallorca

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