Derecho de tanteo y retracto
España. Madrid. Vivo de alquiler con opción a compra preferente. Mi casero ha vendido el bloque de viviendas entero a un fondo de inversión saltándose el derecho de adquisición preferente de los inquilinos. Aparentemente el derecho de tanteo no se puede ejercer en el caso de que se vendan las viviendas en bloque. Sin embargo, esto es para viviendas en alquiler normal SIN opción a compra. Mi pregunta es, ¿prevalece mi derecho de adquisición de opción de compra preferente sobre la adquisición de un tercero del bloque entero de viviendas?