Derecho de retracto
Para ejercer el derecho de retracto hay nueve días naturales desde la inscripción en el registro de la cesión del crédito. ¿Es obligación del prestatario averiguar esa inscripción o es obligación del cedente informar al prestatario de forma fehaciente de esa cesión? ¿Es obligación del cedente informar asimismo del precio de la cesión?
Muchas gracias.