Derecho a herencia legítima en vida

Realizada por Sonia. 8 ago 2015

Le adelanto alguna información, mi padre tenía una pequeña empresa del sector metalúrgico, en la cual trabajaban mis dos hermanos, uno de ellos, digamos, más hábil que el otro, hace aprox. unos doce años le pidieron a mi padre que les traspasara el negocio y aprovechando el momento, también consiguieron unas pólizas de crédito para ampliar el negocio abalándose con las fincas de mis padres (una nave industrial y una casa unifamiliar) las cuales en poco tiempo se perdieron, fueron embargadas por el banco, pero mis hermanos consiguieron aguantar la empresa cambiando de sociedad y pidiendo dinero a la familia, y yo en ese momento al igual que mis padres que confiaron el mis hermanos, ellos perdieron sus propiedades y yo indirectamente mi parte de herencia.

Ellos siguen con la empresa, están muy bien actualmente, incluso han abierto un restaurante, tienen pocos escrúpulos, siento decir esto, aunque me duela.

Tengo alguna posibilidad, sin que a mis padres les salpique la sangre, lo hicieron mal en su momento, pero jamás con mala Fe, únicamente mi hermano les prometió devolverles todo lo perdido y ya han pasado 12 años.


Gracias.

Un saludo.


Barcelona.

Respuesta enviada

En breve comprobaremos tu respuesta para publicarla posteriormente

Ha habido un error

Por favor, inténtalo de nuevo más tarde.

Mejor respuesta

Buenos días,

En Cataluña, las donaciones sirven para computar la herencia pero solamente las de diez años antes de la muerte, por tanto, si su padre como me ha parecido entender, sigue vivo, y hace ya doce años de la donación del negocio, no computaría.

Lo que podría y debería hacerse es instar a su padre a que haga firmar un reconocimiento de deuda al otro hermano, para que en la herencia ese crédito compute como legítima. Yo plantearía las cosas como que de otro modo se perjudicaría su derecho a la legítima.

Estoy a su disposición
Ignacio Tomás

Tomás Doriga Abogado en Barcelona

384 respuestas

379 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Buenos días

Le respondo: En Cataluña, todo lo que son donaciones se computan a efectos de legítima pero solo las de 10 años antes de la muerte, por tanto no entrarían.

Lo único que puede hacer es (si le he entendido bien su padre vive) es que se firme un reconocimiento de deuda para que en la herencia de su padre el derecho de crédito figure y se pueda calcular para el pago de la legítima.

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Habría que ver la documentación que señala. No obstante, si sus padres avalaron y el banco se cobro con las propiedades , podrian reclamar a sus hermanos por esas propiedades. Habría que ver a nombre de quien estaba el préstamo.

Un saludo.

Manuel Rodríguez Ríos​ Abogado en Oviedo

28 respuestas

24 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Explica tu caso a nuestros abogados

Haz tu consulta de forma anónima y recibe orientación legal en 48h.

50 QANDA_form_question_details_hint

Tu pregunta y sus respuestas se publicarán en el portal. Este servicio es gratuito y no sustituye a una sesión de asesoría profesional.

Enviaremos tu consulta a expertos en el tema que te ofrecerán llevar tu caso personalmente.

El precio de la sesión de asesoría no es gratuito y estará sujeto a las tarifas del profesional.

El precio de la sesión de asesoría no es gratuito y estará sujeto a las tarifas del profesional.

Introduce un apodo para mantener tu anonimato

Tu consulta está siendo revisada

Te avisaremos por e-mail cuando esté publicada.

QANDA_form_question_already_exists_ttl

QANDA_form_question_already_exists_txt

abogados 10700

abogados

preguntas 32200

preguntas

respuestas 62650

respuestas