Denegación de reincorporación

Realizada por Carmen. 11 may 2017 Abogados laboral

El nombre de la empresa es xxxx y es una empresa dedicada al telemarketing, comencé mi primer contrato con fecha 15.01.2010 para una obra temporal que, el contrato finalizo el 07.02.2010 debido a que me ofrecieron otra obra dentro de la empresa y tenía que cambiar el contrato.


El segundo comienza el 08.02.2010 para una obra denominada xxxx, el cual finalmente con fecha 20.06.2010 me realizan una conversión a contrato indefinido.


Con posterioridad me dan un anexo para firmar debido a que van a cambiar mis condiciones salariales y no son consolidables, únicamente se reciben mientras este en xxx dpto.


Y por último con fecha xxxx me dan un papel de notificación de traslado debido a que paso a realizar mis funciones en la campaña YYYYYY.


Finalmente el día 24/04/2016 realizo la solicitud de una excedencia voluntaria por el plazo de un año, la cual me es concedida por la empresa y tiene efecto desde el 09/05/2016 al 09/05/2017.


Un año después solicito un escrito ( adjunto el escrito ) en el que solicito o bien la renovación de la excedencia por un año mas o bien si me deniegan la renovación de la excedencia solicito la reincorporación en la empresa.


Ahora me encuentro con que me deniegan ambas cosas, la renovación de la excedencia creo que esta correcto porque así es la ley, pero lo mas llamativo es que me deniegan también la reincorporación en mi puesto de trabajo porque ha finalizado la obra por la que se me contrato. (Por la obra del último traslado que firmo)


¿No es que los contratos indefinidos no están suscritos a ninguna obra? Además tengo varios compañeros que continúan trabajando en la obra hasta finales de junio según les han informado puedo facilitar los nombres de los mismos.


¿No es que deben de ofrecerme un puesto de diferentes condiciones en el caso de que el mio no estuviera disponible o informarme cuando lo este?¿Se puede considerar un despido? ¿Podría denunciar y solicitar una indemnización por este motivo o en el caso de denunciar únicamente podría conseguir la reincorporación a un puesto de trabajo?

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Hola Carmen.
Si la empresa no la querido readmitido después de que les haya notificado su intención de volver, y tiene conocimiento que posteriormente la empresa ha seguido realizando contrataciones, nos hallamos ante un despido improcedente. No obstante piense que tiene 20 días hábiles para impugnar el despido, los cuales se inicia en fecha 9 de mayo de 2017. Quedamos a su completa disposición para asesorarla lo que precise y llevar su procedimiento si así nos lo requiere.

Abogado Laboral y Seguridad Social Martínez & Asociados Abogado en Cambrils

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