He adquirido un coche de segunda mano, he descubierto que tiene vicios ocultos, Mi pregunta es la siguiente: en el contrato que firmé cita tácitamente que el vehículo que me venden está libre de cargas y de obligaciones pero que a partir del momento de la compra yo, es decir, el comprador, paso a hacerme responsable de todas las obligaciones del vehículo, ¿podría demandar al vendedor por vicios ocultos?
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Cuanto tiempo ha pasado desde la Compra....????
Cual es el contenido del Contrato de Compraventa que usted ha firmado.....'????
Que tipo de vicios ocultos tiene el vehículo.....?????
Obviamente usted tiene derecho a indemnización por vicios ocultos pero depende de todas estas circunstancias reseñadas anteriormente.
Quedamos a su entera y total disposicion.
Buenos Días, en relación con la consulta realizada, le informamos que para poder determinar dichos vicios ocultos y la viabilidad de dicha acción legal, tendríamos que valorar su caso y los documentos que tenga.si desea visitarnos, en Grech Abogados, estaremos encantados de atenderle, ¡venga a vernos!
Efectivamente, la ley ampara al comprador ante los vicios ocultos del vehículo, para poder decirle la viabilidad de la demanda, habría que estudiar varios aspectos, entre ellos contrato de compraventa, tiempo transcurrido desde la venta del vehículo, vicios ocultos...
Existen otras vías previas para intentar la reparación de esos vicios ocultos antes de interponer demanda.