Demanda división de herencia

Realizada por Iria. 31 ene 2017 Herencias

Hola, soy de Orense (Galicia) y hace 4 años murió mi padre dejando de herencia deudas, una casa donde yo y mi hermana menor nos criamos y un testamento en el que dejaba el usufructo a su novia. La casa era de mi padre y mi madre (fallecida ya hace 12 años) y yo tengo la tutela de mi hermana. La novia de mi padre, una vez fallecido el (en 2013) no volvió a dejarnos entrar en casa. Visto lo complicado del asunto y la impotencia de quedarnos sin casa solicitamos un abogado por el turno de oficio en Ourense. Tras más de un año sin saber muy bien que hacer (sí, la misma abogada no lo tenía claro, yo misma tuve que andar consultando con notarios y otros abogados) pusimos una demanda de división de herencia en el juzgado correspondiente (Celanova), en 2014. Tras casi dos años nos piden por supuesto autorización para que yo pueda demandar en nombre de mi hermana menor. Conseguimos esa autorización en el juzgado correspondiente (Vigo), después de casi un año, y esta semana el juzgado de celanova nos remite un auto indicando que hay que poner una nueva demanda. Mi abogada me dice que no puede seguir este procedimiento a no ser que le pague. Después de tres años rompiéndonos la cabeza lo que hicimos no ha servido para nada? No entiendo nada y nadie me da explicaciones, me siento impotente. Vamos a perder nuestra casa y me da la impresión de que esta abogada no supo asesorarse bien, y no hizo el procedimiento correcto. Me he puesto en contacto con el colegio de abogados y me dan largas, que ellos no saben del tema y que es problema mío y de la abogada, que ponga una queja. Pero, y la división de herencia? Que se supone, que debo esperar otros seis meses a que me asignen otro abogado de oficio? Si voy al juzgado al menos me darán alguna explicación de por qué la demanda no fue adelante, cual fue el problema y por qué debo poner otra? Ustedes que harían? Gracias .

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Respecto del problema que vd. plantea , lo primero que debe de hacer esa conocer el importe de las deudas y el valor de la casa , para tener una aproximación lo más precisa posible sobre el correcto reparto testamentario efectuado por su padre. Es decir, que Vd. y su hermana son herederos forzosos de su padre y para no asumir problemas con deudas , la forma de protegerse es aceptar la herencia a beneficio de inventario. En lo que respecta al usufructo de la compañera sentimental de su finado padre , habrá que saber si era el domicilio habitual de ambos , dado que la ley establece la posibilidad de que el testador deje en usufructo la vivienda habitual a su pareja , lo fuera de derecho o de hecho. Pero si las deudas (derechos de acreedores) superan el porcentaje de libre disponibilidad del causante(su padre) entonces los herederos forzosos(vd. y su hermana) pueden pedir que se corrija proporcionalmente el reparto. Debe de comprender que está ante un problema con solución pero costoso , aunque si quiere resolverlo rápidamente le recomiendo que utilice la via notarial acogiendose al procedimiento que establece la ley de jurisdicción voluntaria , de esta forma vd. podrá pedeir que se reparta la herencia en un plazo de tiempo más corto , y de esa forma disponer libremente de su parte y de la de su hermana( para conservarla o venderla) . Atte.

Julio Regueiro Delgado Abogado en A Coruña

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