Deducción de alquiler

Realizada por Fergie. 11 abr 2019 Derecho Inmobiliario

Buenos días, ya he presentado la declaración de la renta de este año, y ya m lo han devuelto, con mi deducción de alquiler como todos los años, me devuelven 1000 euros solo por el alquiler de la casa, y me acabo de enterar por internet porque a mi nadie me dijo nada de que había que pagar un impuesto al firmar un contrato en el 2018, y sin pagar ese impuesto no puedes optar ala deducción de alquiler ,mi pregunta es, ¿qué tengo que hacer? He llamado a un montón de números y nadie sabe nada, solo en hacienda me han dicho que tengo que modificar la declaración, quitar esa deducción, y devolver el dinero, y la pregunto que si pierdo esos 1000 euros y m dice que eso lo tengo que preguntar en la comunidad de Madrid, y he llamado a un montón de sitios y nadie sabe nada, y a una amiga que llamo la dijeron que hacienda te podía pedir ese papel, o no, que eso no se sabia. ¿Que puedo hacer? Muchas gracias.

Respuesta enviada

En breve comprobaremos tu respuesta para publicarla posteriormente

Ha habido un error

Por favor, inténtalo de nuevo más tarde.

Mejor respuesta

Le sugerimos dirigir su consulta a un abogado experto en derecho tributario de esta plataforma. Saludos cordiales.

SdeY Abogados Abogado en Madrid

1865 respuestas

4682 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Buenos días,
El ITP se debe de pagar cuando se realizar un contrato de arrendamiento (tiene de plazo 1 mes y se paga en función de la duración del contrato).
El período comprendido entre el 19 de diciembre de 2018 y el 23 de enero de 2019 los arrendamientos de viviendas para uso estable y permanente quedan exentos así como los posteriores al 6 de marzo.

SFH Abogados y Administradores Abogado en San Fernando de Henares

37 respuestas

8 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Buenos días,

El ITP es un impuesto que se debe de pagar en un plazo de 30 días desde la celebración del contrato y debe de ser asumido por el arrendatario. Si ha estado todos estos años desgravándose el alquiler debería pagar dicho impuesto (con el correspondiente recargo).

SFH Abogados y Administradores Abogado en San Fernando de Henares

37 respuestas

8 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Buenas tardes.
El Impuesto de transmision patrimoniales (ITP) se debe de pagar al mes de realizar el contrato de arrendamiento y lo debe sufragar el arrendatario. Hasta ahora no es un impuesto que se persiga por la cuantía (es poco importe) pero sí es obligatorio.
No sabemos desde cuando tiene el contrato de arrendamiento pero en el periodo comprendido entre el 19 de diciembre de 2018 y el 23 de enero de 2019 los arrendamientos de viviendas para uso estable y permanente quedan exentos.
El impuesto se paga una sola vez por el periodo del contrato suscrito.

SFH Abogados y Administradores Abogado en San Fernando de Henares

37 respuestas

8 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Abogados especialistas en Derecho Inmobiliario

Ver más abogados especializados en Derecho Inmobiliario

Otras consultas sobre Derecho Inmobiliario

Explica tu caso a nuestros abogados

Haz tu consulta de forma anónima y recibe orientación legal en 48h.

50 QANDA_form_question_details_hint

Tu pregunta y sus respuestas se publicarán en el portal. Este servicio es gratuito y no sustituye a una sesión de asesoría profesional.

Enviaremos tu consulta a expertos en el tema que te ofrecerán llevar tu caso personalmente.

El precio de la sesión de asesoría no es gratuito y estará sujeto a las tarifas del profesional.

El precio de la sesión de asesoría no es gratuito y estará sujeto a las tarifas del profesional.

Introduce un apodo para mantener tu anonimato

Tu consulta está siendo revisada

Te avisaremos por e-mail cuando esté publicada.

QANDA_form_question_already_exists_ttl

QANDA_form_question_already_exists_txt

abogados 10700

abogados

preguntas 32250

preguntas

respuestas 62650

respuestas