Deducción alquiler durante la prorroga tácita
Buenos días. ¿Se puede deducir el alquiler si han pasado los 5 años del contrato vigente y se produce la prórroga tácita?
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Si cumple las condiciones para aplicar la deducción sí.
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Depende de lo que vaya a deducir y cuándo se produjo el hecho que produce el derecho de deducción. Tenga en cuenta que algunos conceptos deducibles prescriben aunque el contrato siga vigente.
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Si el contrato de alquiler se prorroga, continúa vigente. Por tanto, si se mantienen las condiciones que hacían posible la deducción previa, ésta puede seguir efectuándose.
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