¿Debo seguir pasando manutención?

Realizada por Javier. 25 oct 2012

Si mi hija trabaja pero sigue estudiando, ¿debo seguir pasando la manutención a la madre? Ya no vive con ella.

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Estimado Javier,
La pensión de alimentos corresponde a su hija, no a la madre de ésta, por lo tanto si ya no viven juntas es a su hija a quien debe abonar la manutención. Por otro lado, si su hija ya es independiente económicamente, usted puede solicitar en el Juzgado una modificación de medidas para la extinción de la pensión alimenticia. Un saludo.

Ana Martín | Abogada Abogado en Almería

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Estimado Javier,
efectivamente mientras no exista una resolución judicial que acuerde la extinción de la obligación de abonar la pensión de alimentos, Y ello, salvo que se recoja expresamente en la Sentencia de Divorcio que la obligación acababa cuando con la mayoría de edad, su hija comenzase a trabajar o abandonase el domicilio.

De no se así, Usted esta obligado a seguir pasándola. En su caso, lo conveniente sería iniciar un procedimiento de modificación de medidas adoptadas en Sentencia en lo relativo a la pensión de alimentos, y solicitar bien su supresión porque su hija es independiente económicamente (debe ser un sueldo suficiente y un trabajo relativamente estable, no de verano por ejemplo), o en su defecto, interesar que se reduzca sustancialmente. Para la tramitación del procedimiento, debe asistir con abogado y procurador. Le aconsejo que se ponga en contacto con uno especializado en familia o matrimonialista, y deje en sus manos el asunto. Desde este despacho nos ponemos a su disposición en La Rioja.

Reciba un saludo.

Marisol Martinez Ruiz De Gopegui Abogado en Logroño

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Buenos días,
Usted está obligado a seguir pagando la pensión de alimentos mientras su hija no sea independiente económicamente aunque sea mayor de edad. En cualquier caso, para dejar de pagar dicha pensión es necesario que presente un modificación de medidas pidiendo la extinción de dicha pensión por que su hija ya es mayor de edad e independiente económicamente. Para el caso de que tenga ingresos aunque no sean suficientes para independizarse económicamente, podría pedir una minoración de dicha pensión.

Un saludo.

Ana Pérez Pérez- Gabinete Jurídico Abogado en Huércal-Overa

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