¿Debo recurrir una multa que ha prescrito o debo dejarlo pasar?
Realizada por ELENA. 16 may 2012
El expediente sancionador se inició en agosto del 2011 y la resolución de la multa ha llegado en mayo del 2012 por lo que ya han pasado mas de seis meses. El tema es que no se si debo recurrirla, dónde, cómo, etc.
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Buenos día Elena:
En su consulta no indica que tipo de multa es, pero entiende que se trata de una multa de tráfico. Las sanciones en esta materia que prescriben en este plazo son las consideradas como graves, así que asegúrese que este es su caso.
En relación a si debe recurrirla o no, no conozco el motivo de la sanción ni las circunstancias en que se produjo, por lo que no puedo darle una respuesta.
No obstante, si usted decide recurrirla, en la misma notificación de la sanción se indica el plazo y ante quién se debe interponer dicho recurso.
Si tiene alguna duda, puede acudir a un abogado para que le oriente, Los honorarios para este tipo de trámites suelen ser bastante bajos.
Ha de presentar escrito solicitando la prescripción de la sanción, pero previamente debería personarse en el procedimiento, para ver si hay intentos de notificaciones que paralizaran dicha prescripción.
Buenos Dias, yo entiendo que lo adecuado sería presentar un escrito alegando la prescripción, ya que de lo contrario si estas en vía administrativa podrian dictar resolucion del rpocedimiento sancionador y tendrías que recurrir la multa ante los Juzgados de lo Contenciosos que seria mucho más costoso.
Si necesitas mas información me tienes a tu disposición.
En la mutla te pondrá los recursos que caben y donde deben interponerse. Eso varía según el tipo de multa y el organismo que la impone. Para los recursos en vía administrativa no es necesario abogado. En cualquier caso, debes valorar si te sale a cuenta contratar un abogado para que la recurra o no, dependiendo del importe de la sanción y los honorarios del abogado.
Sí, debes recurrirla porque de lo contrario la Administración seguirá el trámite de ejecución en caso de impago de la misma, ya que la prescripción, como excepción, si no la ha tenido en consideración la Administración, debe ser alegada por el administrado.
El lugar de presentación dependerá de la Administración que te ha sancionado. Si la misma queda lejos de tu domicilio podrías presentar el recurso dirigido a esa entidad en Correos.