¿Debo pasar la manutención si no sé nada de mi hijo durante 4 años?

Realizada por inmaculada lopez bravo. 28 sep 2013

No tengo ninguna noticia desde hace 4 años, pero le he pasado la pensión.

Respuesta enviada

En breve comprobaremos tu respuesta para publicarla posteriormente

Ha habido un error

Por favor, inténtalo de nuevo más tarde.

Mejor respuesta

Buenos días,

El hecho de que no tenga noticias de su hijo no tiene nada que ver con el pago de la pensión. El deber de abonar dicha pensión es para el sustento del menor y viene impuesto por una sentencia. Otro tema es el derecho de visitas que tiene su hijo y que tiene usted. Si su ex mujer o ex pareja está incumpliendo dichas visitas, le recomiendo que se ponga en manos de un buen abogado o abogada de familia para que le dé soluciones al respecto. Caso de considerar que está abonando una pensión excesiva, también existe la posibilidad de interponer un procedimiento judicial de modificación de medidas y solicitar la disminución de dicha pensión. Quedo a su entera disposición. Atentamente,

Abogada Sandra Burgos Abogado en Sabadell

574 respuestas

840 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Estimado consultante,
La pension de alimentos que usted debe pasar a su exesposa se establecio por sentecia judicial por lo que si usted desea cesar esa actuacion debe interponer una demanda de modificacion de medidas, ya que en caso de que deje de pasar la pension sin que tenga una sentencia judicial que estipule tal hecho su expareja le interpondra una demanda para ejecutar sus saldos bancarios, nomina, etc.

Si lo desea nos podemos reunir a fin de ampliar informacion, la primera visita es gratuita.

Un saludo,

Maria Garcia Parla

María García Parla Abogada/advocada Abogado en Salou

30 respuestas

35 votos positivos

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

La pensión de alimentos es una obligación que se impone por sentencia judicial, y el no proceder al pago de la misma supondría un incumplimiento de sus obligaciones paterno filiares, y en el caso de que se dejase de pagar dos o mas cuotas, podría ser imputado de un delito del establecido en el articulo 227 del código penal, en el que podría ser condenado a un año de prisión.
Por todo ello, deberá en el caso de que no pueda ver a su hijo por impedimento de la madre, proceder usted a tomar las medidas legales para restablecer su comunicación, ya que el derecho de comunicarse con su hijo no es exclusivo de los padres, sino es un derecho de los hijos.
Por ultimo, para el caso de que quiera modificar las medidas establecidas en la Sentencia de Divorcio, deberá presentar una demandan de modificación de medidas.
Espero que mi respuesta le sirva de ayuda.
Un saludo.

López Masegosa Abogados Y Mediadores Abogado en San Pedro del Pinatar

7 respuestas

4 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Explica tu caso a nuestros abogados

Haz tu consulta de forma anónima y recibe orientación legal en 48h.

50 QANDA_form_question_details_hint

Tu pregunta y sus respuestas se publicarán en el portal. Este servicio es gratuito y no sustituye a una sesión de asesoría profesional.

Enviaremos tu consulta a expertos en el tema que te ofrecerán llevar tu caso personalmente.

El precio de la sesión de asesoría no es gratuito y estará sujeto a las tarifas del profesional.

El precio de la sesión de asesoría no es gratuito y estará sujeto a las tarifas del profesional.

Introduce un apodo para mantener tu anonimato

Tu consulta está siendo revisada

Te avisaremos por e-mail cuando esté publicada.

QANDA_form_question_already_exists_ttl

QANDA_form_question_already_exists_txt

abogados 10700

abogados

preguntas 32250

preguntas

respuestas 62650

respuestas