¿Debo pagar la pensión de alimentos si en la sentencia no pone edad tope?

Realizada por tete. 3 jul 2014

Hace casi seis años que mi hija no quiere saber nada de mí, ni quiere verme, y cuando la he llamado no me ha cogido el teléfono, tampoco sé nada de su vida, no me informan de su estado de salud, ni de su progreso en los estudios, no me comunican nada, estoy totalmente desinformado de todo, pero yo he seguido pasando la pensión. Ahora ya en breve cumplirá la mayoría de edad, en mi sentencia de divorcio no me pone fecha de fin, no tengo ningún anexo aparte. ¿Debo seguir pagando después de dicha fecha? Quisiera saber si en Cataluña hay leyes distintas al resto de las comunidades, por ser catalanes, ya que mi sentencia de divorcio está aplicada sobre las leyes catalanas.

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Buenos días Tete.
La pensión de alimentos no está condicionada a ninguna edad y no tiene nada que ver con que su hija quiera verlo o no.
Lo que usted puede hacer es pedir una revisión de convenio y para ello debería saber en que condiciones se halla su hija, si estudia o trabaja, o simplemente no hace nada.
Si su hija es independiente económicamente, puede solicitar que le eximan del pago de la pensión alimentaria, y si no, depende de las circunstancias puede tratar de rebajarla.
Si lo desea puede ponerse en contacto conmigo para ampliar la información y de esa manera poder aconsejarle mejor, e incluso poderle llevar el caso. Saludos.

A.llei Abogado en Sabadell

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Buenos días,
La pensión de alimentos no depende de la edad, sino de la independencia económica de los beneficiarios de la misma. No es cuestión de edad, sino de suficiencia de recursos económicos.
Saludos cordiales,

jeronilliteras Abogado Abogado en Manacor

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El pago de los alimentos al hijo se mantiene hasta que los mismos sean independientes económicos, la mayoría de edad no supone la extinción automática.

Bermúdez&Asociados Abogado en Lugo

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