¿Debo hacerme cargo de las deudas de una herencia?

Realizada por Montserrat Torrents marcén. 8 ene 2013

Mis padre hicieron testamento, y en dicho testamento nos hacían herederos por igual a los tres hermanos. El bien principal era un piso que ya vendieron y cuyo dinero ya gastaron. En caso de fallecimiento, ¿tendría que hacerme cargo de las deudas que tuvieran? Gracias.

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Acepte la herencia, pero a beneficio de inventario. Lumbreras Abogados

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Para evitar sorpresas a la hora de heredar, lo mejor es hacerlo a beneficio de inventario, de lo contrario, si acepta la herencia esta aceptando las deudas de la misma.

Rosario de la Llana Corral - Abogado Abogado en Zaragoza

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Debe aceptar la herencia a beneficio de inventario, para evitar esta posibilidad.
Lumbreras Abogados

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Si acepta la herencia pura y simplemente, sí. Para no hacerse cargo de las deudas podrá aceptarla a beneficio de inventario o renunciar a la herencia (en este caso también renuncia a los bienes de la misma).

José Ignacio Guerrero Suárez - SILCA ABOGADOS Abogado en Sevilla

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Buenas tardes Montserrat:

Cuando uno hereda, lo hace tanto respecto a los bienes o activo, como a las deudas o pasivo. Es decir, si sus padres tienen deudas y usted acepta la herencia, tendrá que responder. Pero éste se puede evitar aceptando la herencia a beneficio de inventario. Es un procedimiento más lento, pero asegura que sólo responderá de las deudas de sus padres con el patrimonio de ellos, y no con el suyo propio.

Reciba un cordial saludo.

Teresa Rodríguez Magdaleno, Abogada Abogado en Avilés

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Puede aceptar la herencia a beneficio de inventario, y una vez efectuado éste, si le interesa puede aceptar la herencia del causante, ya que si la acepta de forma pura y simple, asume todo el caudal hereditario y también las deudas o pasivo existente en la masa hereditaria.


Atte.


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