Debo 3 créditos, un total de 7500 euros, ¿puedo ir a la cárcel por no pagar?
Además recibo el subsidio y la pensión de alimentos de mi hija, de 300 euros en mi cuenta, ¿me lo pueden embargar?
Además recibo el subsidio y la pensión de alimentos de mi hija, de 300 euros en mi cuenta, ¿me lo pueden embargar?
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Si no paga sí le pueden embargar saldo de cuentas corrientes, parte proporcional de pensiones o ayudas que reciba según su importe, etc. por el importe de lo debido, más intereses y costas judiciales. A veces conviene pactar con el acreedor un pago fraccionado de la deuda, con cuotas mensuales, para evitar mayores intereses y costas. Somos un despacho de abogados de Barcelona, quedamos a su disposición.
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En España no existe la cárcel por deudas. Lo único que pueden es embargarle sus bienes, si es que tiene bienes que embargar. Es inembargable su subsidio y su sueldo si no supera del doble del salario mínimo interprofesional. La pensión de alimentos de su hija no la van a poder embargar tampoco.
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En España la prisión por deudas quedó abolida hace dos siglos siempre y cuando la deuda no contenga elementos fraudulentos como el presente caso que al ser derivada de préstamos bancarios su impago produce el efecto del embargo de sus bienes entre ello las pensiones y prestaciones sociales siempre que superen el salario mínimo interprofesional establecido en el presente ejercicio en la cantidad de 645e aproximadamente, con la excepción de prestaciones alimenticias que no quedan sujetas a dicho límite.
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