¡Buenas! Tengo una duda acerca de mi situación, a ver si alguien me puede ayudar.
Tengo una hipoteca que hace siete meses dejé de pagar y me han otorgado la dación en pago. El problema está en que desde que dejé de pagar yo la alquilé y nos fuimos a vivir con mi hija y así aprovechamos un dinero.
Ahora que me han concedido la dación en pago, la inquilina dice que ella tiene contrato y que no se va a ir.
¿Qué consecuencias tiene eso para mí? ¿Pueden denunciarme o algo? Yo no pensé que me fueran a dar la dación ni mucho menos.
Muchas gracias por su ayuda.
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Buenos Días Anais, le informamos que usted debe cumplir con lo pactado en el contrato de arrendamiento. Por lo que se refiere al Banco, este ha de saber las condiciones reales en las que usted se encuentra para evitar problemas al negarle la dación en pago. Si desea que valoremos su caso con detalle y los documentos que tenga, contrato de arrendamiento, préstamo hipotecario, etc, en Grech Abogados estaremos encantados de atenderle, venga a vernos!!!
Si cuando usted firmo la dación en pago con el banco indico que la finca no tenia inquilinos si puede tener problemas. Si en caso contrario usted se lo dijo al banco este tiene que asumir el arrendamiento hasta el fin del contrato subrogando se en su posición y el inquilino tiene que pagar la renta al banco.
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Estimada María,
La inquilina tiene derecho a quedarse en la vivienda alquilada hasta el vencimiento del contrato. El problema le vendrá con el banco, quien de conocer dicha situación, podría echarse atrás y desaprobar la dación en pago, o en caso de ocultarle al banco dicha situación, el banco le podría reclamar responsabilidades.
En consecuencia, le recomiendo contacte con abogado especialista que la asesore.
En nuestro despacho somos especialistas en derecho bancario, por lo que si usted lo desea puede contactarnos a través de esta página, de nuestra web o perfil de facebook, invitándole a que nos deje su valoración en aras de mejorar la calidad de nuestros servicios.
Un saludo,
Efectivamente estamos ante una situación que puede devenir en un enriquecimiento injusto, y reclamarle el banco parte de esas percepciones. Es por ello que el documento que firme para formalizar la dación debe estar revisado por un experto abogado, a fin de salvaguardar todos sus intereses.
Respecto al inquilino, este tiene derecho a permanecer en el inmueble hasta la finalización de su contrato, documento que usted firmó con él y por lo que responderá en caso de incumplimiento de algún tipo.
Quedamos a su disposición para conocer mejor la situación.
Un saludo.