Voy a separarme y tenemos un niño de 2 años. Él me firmó un papel diciendo que me cede la custodia. El miedo que me da es que yo no tengo trabajo aunque mi madre puede ayudarme a pagar un lugar donde vivir. No sé si por esa razón yo no tenga derecho a tener el niño. Él tampoco trabaja y en su caso es porque no quiere. ¿Creen que por no tener medios suficientes me denegarán la custodia total a mí?
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Buenos días.
Es preciso conocer el resto de circunstancias personales entre ustedes. En cualquier caso este proceso se ventilará en un proceso judicial, donde será el juez quien, a la luz de las realidades de las partes, determine qué hará con la custodia.
Vd puede reclamar la custodia de su hijo para Vd, y que él pague una pensión de alimentos teniendo en cuenta que Vd no trabaja y los gastos que el hijo conlleva. NO deniegan la custodia por no tener empleo, sino que se tiene en cuenta con quién va a estar mejor el hijo. Con una sentencia de guarda y custodia a su favor Vd podrá acceder, en su caso, a ayudas económicas a través de servicios sociales, becas escolares y de comedor, etc. Somos un despacho de abogados de Barcelona expertos en Derecho de Familia, quedamos a su disposición.
De serle atribuida a vd. la guarda y custodia de su hijo, su ex es quien está obligado a colaborar en la alimentación del menor abonando una pensión de alimentos.
Lo normal es que a vd. le atribuyan la guarda y custodia de su hijo, independientemente de que no trabaje, pudiendo acogerse a ayudas que existen al efecto en las distintas Administraciones Públicas.
En un procedimiento contencioso de divorcio, el juez determina el régimen de guardia y custodia de los hijos en función de varios motivos y siempre en beneficio del menor. El hecho de no disponer de medios económicos propios es un hecho relevante que no juega en su favor, pero si la otra parte tampoco los tiene, en parte se mitiga un poco este aspecto negativo.
En los casos donde existen hijos con una edad muy pequeña, lo más habitual es establecer la guardia y custodia para la madre (con régimen de visitas amplio para el padre) o, en todo caso, guardia y custodia compartida. Pero ya le digo que esto depende de las circunstancias concretas de cada caso. El aspecto económico es importante, pero existen otras cosas que el juez toma en cuenta.