¿Cuánto tiempo tarda la sentencia en caso de reclamación de cantidad?
He tenido un juicio por reclamación de cantidad el 17/04/2012, y todavía estoy esperando la sentencia después de 6 meses. ¿Es esto normal?, ¿se puede hacer algo?
He tenido un juicio por reclamación de cantidad el 17/04/2012, y todavía estoy esperando la sentencia después de 6 meses. ¿Es esto normal?, ¿se puede hacer algo?
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Estoy en la misma situación: además con despido verbal e improcedente. Me lo lleva un abogado privado. He tenido acta de conciliación el 13 de septiembre, a la cual no acudió el demandado. He presentado las demandas correspondientes el día 26 de septiembre y ya tengo fecha de juicio, que será el 27 de noviembre. Estoy de acuerdo con la opinión del profesional que aquí te aconseja: creo que es una demora excesiva. Si te sirve de algo lo mío es en Castellón. Mucha suerte.
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Estimado Jose,
Lamentablemente, debo decirle, que si es normal. La justicia en este país esta saturada y falta de medios; y por mucho que se trate de acelerar los asuntos, desgraciadamente los funcionarios del juzgado no dan más de si.
Atentamente,
Estefanía Gil
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Yo creo que 6 meses es mucho tiempo, demasiado, aún para un Juzgado que tenga un atraso considerable. Le sugiero que vaya usted personalmente al Juzgado y pregunte a la persona que tramita su juicio la razón de tanto retraso. No es un retraso normal, así que creo que debería efectuar esa consulta, en cuanto le sea posible.
Un cordial saludo.
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Depende del volumen de trabajo del juzgado, aun así me parece excesivo. Si la presentó usted mismo y no contó con letrado y procurador acuda al juzgado con la referencia e indique que le informen de como va el asunto. Si contrato letrado comuníquese con el y que haga las averiguaciones oportunas.
A su disposición,
Un saludo
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El tiempo depende de la carga de trabajo del juzgado, sin embargo 6 meses parece excesivo para dictar una sentencia si el juicio ya se celebró y no hay diligencias pendientes es decir, quedó visto para Sentencia. PRegunte a su abogado, directamente en el Juzgado y si aún no sabe nada, puede reclamar ante el Consejo General del Poder Judicial, la información para reclamar en la web: www.poderjudicial.es
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