¿Cuánto se cobra estando de baja laboral por accidente de tráfico?
Realizada por manoli. 3 mar 2014
El día 8 de febrero tuve un accidente de tráfico viniendo de trabajar, estoy de baja laboral pues tengo varios traumatismos y un esguince cervical, estoy en rehabilitación, y me gustaría saber cuánto cobro estando de baja laboral y si tengo derecho a alguna indemnización o algo por parte del accidente y de cuánto sería si estoy de baja un mes. Gracias.
Respuesta enviada
En breve comprobaremos tu respuesta para publicarla posteriormente
Ha habido un error
Por favor, inténtalo de nuevo más tarde.
Mejor respuesta
Esta respuesta le ha sido útil a 1 personas
Existe un baremo que se actualiza cada año y varía en función de las características del accidente, los días que le hayan impedido trabajar, hospitalizado, etc. Habría que tener más datos para poder ofrecerle una respuesta más concreta.
F.de Paula Pérez Valenzuela
Vd tiene derecho a reclamar una indemnización al causante del accidente. El importe varía según si ha estado hospitalizada o no, y los días que han sido impeditivos o no para su actividad habitual. Caso de existir secuelas, también deben ser indemnizadas (cicatrices, pérdida movilidad, ...). Tiene un plazo de seis meses desde que ocurrió el accidente para denunciar por vía penal. Somos un despacho de abogados de Barcelona, quedamos a su disposición.
Ciertamente lo que el baremo de circulación establece para el pago de días se califica como IMPEDITIVOS o NO IMPEDITIVOS así como días de HOSPITALIZACIÓN si los hubiera. Por tanto la baja laboral es orientativa para la reclamación de dichos días como IMPEDITIVOS (para la realización de actividades habituales) . Para ello debemos irnos al varemos del año en vigor del momento del alta médica. Además de los días impeditivos e impeditivos podemos reclamar secuelas y limitaciones orgánico funcionales que residúen tras tu alta médica así como los gastos que hayas tenido que sufragar (si los hubiera) hasta le momento de causar el alta médica.
En primer lugar, si el accidente se produjo in itinere, puede que tenga derecho a un recargo en la Seguridad Social, pero eso dependerá de las circunstancias del caso, que habría que estudiar bien. Es importante para ello que la baja figure como accidente laboral. A parte, tiene derecho de cobrar la indemnización por los daños sufridos, que deberá pagarle el conductor responsable del accidente (si no fue Ud, claro). Para calcular la indemnización habrá que esperar a ver como evolucionan las lesiones, ya que dependerá del total de baja médica y de la existencia o no de secuelas.