¿Cuándo puedo cobrar un pagaré cuyo vencimiento es un día festivo?

Realizada por Triny. 14 mar 2016 Contencioso Administrativo

He recibido un pagaré con fecha de vencimiento el día 25/03, ¡que es Viernes Santo! Y quisiera saber cuándo puedo ir a cobrarlo.

Respuesta enviada

En breve comprobaremos tu respuesta para publicarla posteriormente

Ha habido un error

Por favor, inténtalo de nuevo más tarde.

Mejor respuesta

A partir de la fecha. Puede también negociar con una entidad financiera que se lo paguen antes.

Adruino Abogados Abogado en Castelldefels

448 respuestas

616 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Buenos días, podrá cobrar el pagaré a partir del día siguiente.

Un saludo.

María Sola Amoedo Abogado en Pamplona/Iruña

7 respuestas

5 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

El pagaré se puede cobrar el día siguiente al festivo que sea hábil después del vencimiento del mismo, presentándolo en el banco directamente (de lunes a viernes, en horario de oficina), por ventanilla. Es decir como se refiere a semana santa hay que mirar en qué oficina lo va a presentar y los días que está va a estar abierta al público, ya que en cada entidad es diferente. Con total seguridad a partir del martes 29/03,Espero haberle sido de ayuda. Saludos.

Maria Leonor Checa Sanchez - Despacho de Abogados Abogado en Barcelona

87 respuestas

82 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Buenas tardes
El art. 41 de la Ley Cambiaria 19/85 de 16 de julio establece que si el día de vencimiento fuera inhábil, se entenderá que la letra vence el primer día hábil siguiente, y el art. 43 de la misma ley establece que deberá presentarse en el día de su vencimiento o en los 2 días hábiles siguientes.
Espero que la respuesta hay sido de su utilidad.
Sin otro particular, reciba un saludo.

Jorge Muñoz Consultores S.L.P Abogado en Valencia

444 respuestas

951 votos positivos

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Abogados especialistas en Contencioso Administrativo

Ver más abogados especializados en Contencioso Administrativo

Otras consultas sobre Contencioso Administrativo

Explica tu caso a nuestros abogados

Haz tu consulta de forma anónima y recibe orientación legal en 48h.

50 QANDA_form_question_details_hint

Tu pregunta y sus respuestas se publicarán en el portal. Este servicio es gratuito y no sustituye a una sesión de asesoría profesional.

Enviaremos tu consulta a expertos en el tema que te ofrecerán llevar tu caso personalmente.

El precio de la sesión de asesoría no es gratuito y estará sujeto a las tarifas del profesional.

El precio de la sesión de asesoría no es gratuito y estará sujeto a las tarifas del profesional.

Introduce un apodo para mantener tu anonimato

Tu consulta está siendo revisada

Te avisaremos por e-mail cuando esté publicada.

QANDA_form_question_already_exists_ttl

QANDA_form_question_already_exists_txt

abogados 10700

abogados

preguntas 32200

preguntas

respuestas 62650

respuestas