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No puede renunciar a las visitas, ya que ello forma parte de la patria potestad y se supone que son beneficiosas para los menores, aunque si usted no quiere verlos...
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1 respuesta
Independientemente del régimen de visitas que se establezca entre usted y el menor, la pensión de alimentos no se verá alterada. Por lo tanto el mínimo dependerá tanto de sus ingresos como de las necesidades del menor, entre otros factores. Un saludo
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