Contestación al recurso de reposición por multa por beber en vía pública

Realizada por javier. 4 jun 2014

Buenas tardes.

El 23/12/2013, presente un recurso de reposición ante el organismo sancionador por consumir bebidas alcohólicas en vía publica "MADRID SALUD", con fecha 08/4/2014 se procede a la resolución del acta para desestimar la resolución al recurso de reposición presentado en fecha que presente, pero sin ninguna contestación por que desestiman mi recurso.

El siguiente recurso que me apelan es el contencioso-administrativo presentándolo en un juzgado, y mi pregunta es la siguiente:

¿Si presento el recurso contencioso-administrativo, me queda alguna posibilidad de ganar el recurso?

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Estimado consultante, en vía contencioso administrativa se podrá determinar la falsedad de los hechos denunciados, la ausencia de pruebas clínicas y de muestras aprehendidas, la indefensión causada por agentes de paisano de los que se desconoce si están autorizados para actuar así, la ausencia de información acerca de los días de presentar alegaciones, la falta de ratificación de los agentes actuantes en el expediente y... El único problema, es que, salvo que tenga el beneficio de justicia gratuita, el coste del contencioso es alto, tasa de hacienda de 200,60 euros (irrecuperable) y honorarios de letrado (de los que sólo podrá recuperar 180 euros si el Ayuntamiento es condenado). Estamos a su disposición en Valencia y Madrid.

Alonso & Pons, Abogados Abogado en Valencia

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Apreciado Sr. Javier,
El recurso contencioso es procedimiento por el que el órgano judicial revisa la resolución administrativa, esa es la finalidad. El resultado de la revisión será la decisión que, en forma de sentencia, estimará las pretensiones del interesado anulando el acto administrativo o las desestimará confirmando el acto.
En su caso, el éxito del recurso puede depender de varios factores y con la información que nos da, no nos es posible dar una respuesta.
Saludos cordiales.

Urbegara Advocats I Tècnics Urbanistes Abogado en Terrassa

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El recurso contencioso administrativo ya no corresponde resolverlo a la Administración, sino a los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo.

Las posibilidades de que le sea estimado depende de las circunstancias concurrentes en el caso, es decir, si existen pruebas de que efectivamente cometió la infracción y de si existen otros defectos en el procedimiento.

Podría plantear una consulta a un abogado experto en recursos administrativos y contenciosos para que, a la vista de toda la documentación de la que dispone, le oriente sobre las posibilidades de obtener un resultado favorable y los costes del proceso contencioso-administrativo.

Atte.

Despacho de Abogados Guzmán & Cubero Abogado en Madrid

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