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Buenos días,
El hecho de que tenga un trabajo temporal no le quita el derecho a la pensión de alimentos por parte del padre o madre. Lo determinante para que se produzca la extinción del derecho a la pensión de alimentos es que se trate de un trabajo en unas condiciones de permanencia y salario que le permitan vivir por sí mismo económicamente hablando. En cualquier caso, no se puede dejar de abonar la pensión sin más, hay que acudir a un procedimiento de modificación de medidas para que sea el juez quien decida que el hijo/a ya no tiene derecho a percibir alimentos.
Un saludo.
Jennifer Alarcón
Abogada.
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