¿Con quién debe de estar la menor mientras el juicio de guardia y custodia?
Realizada por Estefany. 23 may 2015
Buenas tardes, tengo una niña de 3 años, aún vivo con su padre. No estamos casados, vivimos en unión libre pero estamos pensando en separarnos. Mi pregunta es con quién debe de estar la niña mientras se lleva el proceso de la guardia y custodia.
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En atención a tu pregunta, la cuestión se debate en las relaciones que tengáis en la actualidad, es decir si es de mutuo acuerdo o si por el contrario las cosas no están bien, en función de la edad del menor y su medio social sera determinante a la hora de decidir quien se queda temporalmente con él. cada situación debe ser valorada de forma individual. Puedes llamar al Despacho sin compromiso.
Buenos días.
Uds. pueden separarse sin necesidad de esperar al resultado del procedimiento de guarda y custodia. Pueden también llegar a un acuerdo mutuo sobre quién ha de quedarse con la menor mientras se tramita el pleito. A falta de acuerdo, se deberán instar unas medidas provisionales a fin de que sea el juez quien determine el régimen de guarda durante dicho período, así como la pensión de alimentos y régimen de visitas. Estaremos encantados de atenderle en nuestro despacho, especializado en asuntos de familia.
Saludos.
En casos de separación, sin que sea relevante si es matrimonio o no, y si no llegan a un acuerdo, se debe solicitar al Juez que dictamine provisionalmente con quien debe estar la niña. Si se trata de una niña de corta edad es probable que provisionalmente se deje a la niña con la madre y al padre se le deje visitarla. De todos modos, depende mucho de cada caso, quién ha cuidado a la niña, la disponibilidad laboral, horarios, etc. Si desea comentar el tema con más detalle estamos a su disposición. Saludos
Buenos días,
Hasta que no haya un resolución judicial que determine quien tiene la guarda y custodia, ambos progenitores tiene el mismo derecho a estar con la menor.
Mi consejo es que intente siempre alcanzar un acuerdo con su pareja para fijar lo relativo a guarda y custodia, régimen de visitas y pensión de alimentos.
Lo mejor es que acuda a un abogado para iniciar tanto las negociaciones como los trámites judiciales.
Quedo a su disposición.
Un saludo.