Compensación por desistimiento

Realizada por Roberto. 19 mar 2015

Buenas tardes, escribo desde Madrid, y hace una semana que he vendido mi vivienda. Aun tenia hipoteca por lo que al solicitar el certificado de deuda pendiente vi que me cobraban comisión por compensación por desistimiento 0,25%. Mi hipoteca la firmé en 2002 con una comisión de cancelación total del 1%. En 2009 me subrogué a otro banco y en las nuevas escrituras y oferta vinculante no aparece en ningún sitio la comisión por desistimiento.

Tampoco dice que tenga 0% de comisión por desistimiento, simplemente no dice nada. Igualmente no dice que siga teniendo 1% de cancelación total, ya que el nuevo director me dijo que me quitaba las comisiones. Eso sí, indica en el apartado de como amortizar capital q para el resto de comisiones se estará a lo dispuesto en la escritura original que ambas partes declaran conocer. Según el Banco de España en su memoria de reclamaciones indica que para hipotecas firmadas a partir del 9/12/2007 no se podrán cobrar comisiones por cancelaciones anticipadas, ni parcial ni total, fecha de entrada en vigor de la Ley 41/2007, pero si podrán cobrarse a partir de dicha fecha, si así se pacta, comisión por desistimiento.

Mi duda es si puedo reclamar la devolución de la comisión por desistimiento que me han cobrado, ya que en mis escrituras no aparece, por lo que no está pactada, independientemente de que siguiera conservando la comisión por cancelación total, ya que la nueva Ley deroga esta comisión.

La explicación del banco de cobrarme a pesar de no encontrar la comisión por ningún lado es que todavía tenía la antigua, pero según entiendo yo, no pueden sustituir una por otra a su libre antojo, sino que la antigua esta derogada y para cobrar la nueva debe de estar indicada y pactada.

Muchas gracias.

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Buenos Días, le informamos que si el Banco le esta cobrando algo que no puede y existe dicha clausula, podría usted exigir dicha devolución de esa comisión cobrada. Al que demanda le incumbe la carga de la prueba. Si desea que valoremos su caso para saber si puede accionar contra el Banco, en Grech Abogados, le atenderemos.

Grech Abogados Abogado en Madrid

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