Respuesta enviada
En breve comprobaremos tu respuesta para publicarla posteriormente
Ha habido un error
Por favor, inténtalo de nuevo más tarde.
En Catalunya lo habitual es que los matrimonios se celebren bajo el régimen legal de separación de bienes. Eso significa que todos los bienes que se obtengan o adquieran después de casarse, seguirán siendo propiedad del cónyuge que conste que lo ha adquirido o que tenga el bien a su nombre. Cuando no es posible determinar a quien pertenece, se presume por mitad.
Para la división del patrimonio en el momento del divorcio, lo ideal es que cada uno mantenga sus propios bienes y, respecto de los comunes, en defecto de acuerdo se puede ir a un procedimiento de división previsto en el Codi de Família de Catalunya.
Si quieres consultar más dudas en ENTORN LEGAL ADVOCATS te atenderemos encantados.
¿Te ha resultado útil?
¡Gracias por tu valoración!
Abogados especialistas en Abogados divorcios
Ver más abogados especializados en Abogados divorciosOtras consultas sobre Abogados divorcios
- ¿En caso de divorcio los bienes gananciales se reparten por igual?
- Divorcio sin mutuo acuerdo y con solicitud de bienes con hijos
- Divorcio de mutuo acuerdo sin hijos ni bienes
- Divorcio con separación de bienes sin hijos y 7 años de convivencia
- ¿Se puede poner a nombre de los hijos un bien ganancial en un divorcio?
- Divorcio con separación de bienes y sin hijos
- Divorcio con 2 hijos menores sin bienes
- Divorcio sin hijos
- Divorcio y separación de bienes en el extranjero
- divorcio en separacion de bienes
Explica tu caso a nuestros abogados
Haz tu consulta de forma anónima y recibe orientación legal en 48h.
abogados
preguntas
respuestas
Busca entre las preguntas ya existentes
Encuentra respuestas entre las más de 32250 preguntas que se han realizado en Abogados365.com