¿En el caso de las preferentes después de pasar por el juzgado de primera instancia ha de pasar por otro juzgado o audiencia para reafirmarla? Y si no es así, ¿cuál y cómo se calculan los intereses que dice la sentencia que han de abonar?
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Buenas tardes:
La sentencia de primera instancia es recurrible en apelación ante la audiencia provincial. El recurso tiene un plazo para su presentación de 20 días hábiles desde que se notificó la sentencia. O sea, Ud. para saber si la sentencia ya es firme, debe saber cuando se le notificó a la otra parte y contar 20 días hábiles desde el siguiente a la notificación.
Si la otra parte no ha presentado en dicho plazo recurso (y se sobreentiende que Ud. tampoco), la sentencia es firme.
Podrá pedir la ejecución de la sentencia 20 días hábiles después de la firmeza.
En cuanto al cálculo de los intereses, tendría que conocer el contenido del fallo de la sentencia para poder asesorarle debidamente.
La Sentencia de primera instancia es firme si nadie la ha recurrido. Para calcular los intereses se tiene en cuenta el importe de lo debido. Su abogado le informará debidamente de todos estos aspectos que plantea. Saludos.
Para calcular los intereses es imprescindible conocer las cantidades que se reclaman, por lo que sus datos son insuficientes. Hable con su abogado.
Una sentencia es firme cuando dicha sentencia, tras su notificación, transcurren veinte días sin que ninguna de las partes recurra. Un saludo.
Una sentencia es firme cuando el Secretario Judicial del Juzgado te expide un testimonio de la sentencia. Ponte en contacto con tu abogado y que lo pida el procurador.