¿Cómo saber si tengo derecho a un abogado de oficio?

Realizada por Felix González Fernandez. 2 may 2013

Soy jubilado y cobro la pensión mínima, pero tengo tres pisos a mi nombre y el de mi esposa. Y algunos ahorros en el banco, alrededor de 100.000€. Mi esposa no cobra pensión alguna.

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Buenos días,

Como le dice mi compañero, para tener derecho a la justicia gratuita se ha de carecer de patrimonio e ingresos, y en su caso, dado el número de pisos de los que dispone y el dinero ahorrado en bancos, es probable que no tenga derecho a la asistencia jurídica gratuita. No obstante, puede acudir al Colegio de Abogados de su zona para ellos le confirmen si tiene ese derecho o no.

Quedo a su disposición para cualquier duda o consulta.
Un saludo.
Jennifer Alarcón.

Jennifer Alarcón Abogada Abogado en Hellín

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Se reconocerá el derecho de asistencia jurídica gratuita a aquellas personas físicas que careciendo de patrimonio suficiente cuenten con unos recursos e ingresos económicos brutos, computados anualmente por todos los conceptos y por unidad familiar, que no superen los siguientes umbrales.

Dos veces el indicador público de renta de efectos múltiples vigente en el momento de efectuar la solicitud cuando se trate de personas no integradas en ninguna unidad familiar. (En 2013 12.780,26 €)

Cuando se trata de unidades familiares, los ingresos que se tienen en cuenta para saber si se superan o no estos umbrales son los de la suma de la unidad familiar, por lo que en aquellas en las que el marido y la mujer trabajan, hay que sumar ambos ingresos para saber si tenemos derecho a la justicia gratuita.

Atte.

Despacho de Abogados
Guzmán & Cubero

Despacho de Abogados Guzmán & Cubero Abogado en Madrid

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