Respuesta enviada

En breve comprobaremos tu respuesta para publicarla posteriormente

Ha habido un error

Por favor, inténtalo de nuevo más tarde.

Mejor respuesta

Buenas tardes,

Aunque su pregunta es muy genérica parece que quiere que se le designe a usted tutor de su madre. Para ello es imprescindible iniciar un procedimiento judicial en que ha habrá que justificar la falta de capacidad de su madre. La sentencia que se dicte establecerá qué limitaciones tiene la capacidad de obrar de su madre, pudiendo ser total o parcial. Cuando se inste el procedimiento judicial se pueden proponer tutores. Es importante saber si su madre tiene más hijos, y la relación con ellos.

En caso de que ya hubiera existido un procedimiento judicial se habrá nombrado un tutor pero podría instarse el cambio, en su caso, siempre que pueda acreditar se que ello es más beneficioso para el tutelado.

Somos especialistas en incapacitaciones, póngase en contacto con nosotros le asesoraremos con más detalle, la primera consulta es gratuita.

Un saludo,

MªFernanda Pardo Fanjul-ARBOLEYA FANJUL ABOGADOS

Arboleyafanjul Abogados Abogado en Madrid

155 respuestas

75 votos positivos

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Buenas Tardes Niko, le informamos que si usted quiere solicitar la tutela de su madre, deberá instar procedimiento de tutela o de incapacitación y deberá probar que su madre ya no puede regirse por si misma y que necesita de un tutor legal. Si desea que valoremos su caso con detalle, en Grech Abogados somos expertos en Familia, venga a vernos, estaremos encantados de atenderle!

Grech Abogados Abogado en Madrid

5488 respuestas

2210 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Buenas tardes
Para poder ejercer la tutela sobre una persona es necesario solicitarlo al juez, quien atendiendo siempre al interés de la persona que va a ser sometida a tutela resolverá lo que estime mas conveniente sobre su extensión y limites.
El procedimiento para modificar la capacidad de una persona puede iniciarse por el fiscal sise han puesto los hechos en su conocimiento o por su cónyuge, descendientes, ascendientes o quien se encuentre en situación de hecho asimilable, con asistencia de abogado y procurador.
Espero que esta respuesta haya sido de utilidad.
Sin otro particular, reciba un saludo.

Jorge Muñoz Consultores S.L.P Abogado en Valencia

444 respuestas

959 votos positivos

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Igual ampliando un poco la pregunta se podría contestar mejor... por lo que entendemos debe ir a la vía judicial.

Adruino Abogados Abogado en Castelldefels

448 respuestas

618 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Abogados especialistas en Custodia compartida

Ver más abogados especializados en Custodia compartida

Explica tu caso a nuestros abogados

Haz tu consulta de forma anónima y recibe orientación legal en 48h.

50 QANDA_form_question_details_hint

Tu pregunta y sus respuestas se publicarán en el portal. Este servicio es gratuito y no sustituye a una sesión de asesoría profesional.

Enviaremos tu consulta a expertos en el tema que te ofrecerán llevar tu caso personalmente.

El precio de la sesión de asesoría no es gratuito y estará sujeto a las tarifas del profesional.

El precio de la sesión de asesoría no es gratuito y estará sujeto a las tarifas del profesional.

Introduce un apodo para mantener tu anonimato

Tu consulta está siendo revisada

Te avisaremos por e-mail cuando esté publicada.

Esta consulta ya existe

Por favor, utiliza el buscador para conocer la respuesta

abogados 10800

abogados

preguntas 32800

preguntas

respuestas 62800

respuestas