¿Cómo reclamar después de la finalización del contrato?

Realizada por Cande. 14 may 2013

Mi caso es que yo termino de trabajar dentro de un mes (se me acaba el contrato), y empecé hace 2 y no me han pagado ninguna nómina, si se me acaba el contrato el próximo mes, y me deben 3, ¿cómo reclamo? ¿Poniendo denuncia directamente? No tengo nóminas ni nada que acredite ni el pago ni el "no pago". ¿Me pagarán?

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Con el contrato es suficiente para que interponga una demanda de conciliación ante el SMC o si lo prefiere más rápido interponiendo proceso monitorio aportando el contrato y otros medios que justifique que el contrato está vigente y el impago de nóminas.

Abogados Navarro Cabanillas Abogado en Córdoba

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Buenos días;

Si no le pagan las nóminas ni el finiquito por finalización de contrato,debe presentar en primer lugar una reclamación de cantidad ante la Sección de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SEMAC) de su provincia. Y posteriormente, en el caso de que no se llegue a un acuerdo en esta sección deberá de interponer la demanda ante el Juzgado de lo Social.

Tanto para acudir al SEMAC como al Juzgado no está obligada a ir con abogado, si bien le recomiendo que contacte con uno para fijar las cantidades correctamente.

En cuanto a los documentos, ha de presentar el contrato de trabajo, por lo que si no lo tiene reclámeselo al empresario.

Nos ofrecemos a determinarle las cantidades a reclamar y a redactarle el escrito de conciliación, se lo remitiremos por e-mail para que usted misma pueda presentarlo y no tenga que pagar altos honorarios. Pídanos presupuesto sin compromiso.

Reciba un cordial saludo.

M&S Despacho Jurídico Abogado en Vigo

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Tienes que poner una papeleta de conciliación ante el SMAC (Servicio de mediación, arbitraje y conciliación) explicando desde cuando fuiste contratado y las cantidades que te deben, se citará a la empresa e intentareis llegar a acuerdo si no se presenta o no llegáis a acuerdo tendrás que interponer una demanda en el juzgado de lo social.
Tu no tienes que acreditar nada, solo la relación laboral, aporta el contrato, la empresa será la que tenga que justificar que te pago y si no lo acredita pues la condenarán en sentencia, en este caso se invierte la carga de la prueba a favor del trabajador.

Saludos,

Ana López Giráldez Abogada Abogado en Santiago de Compostela

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