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Si hay una sentencia que establece el régimen de visitas y no se cumple, debería ejecutar dicha sentencia. Si no existe un régimen de visitas porque no tienen regularizada la situación, debería hacerlo a la mayor brevedad posible. Tanto para una cosa como para otra precisa de abogado/a. Somos un despacho de abogados de Barcelona expertos en Derecho de Familia, quedamos a su disposición.
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4 respuestas
Lo primero es saber por qué no puede ver a su hija. Si hay sentencia fijando régimen de visitas y no se cumplen por la madre debe presentar demanda de ejecución de visitas y si no hay medidas acordadas debe instar un procedimiento que regule las visitas.
Tiene mi despacho a su disposición si precisa asesoramiento.
Saludos.
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Faltan datos más precisos. ¿cuál es el motivo por el que no puede ver a la hija? ¿Es por resolución judicial? en cuyo caso, hay que saber por qué y cuándo se hicieron las restricciones a las visitas o las prohibiciones por si procede instar una modificación. ¿Es porque el otro progenitor no quiere que la visite? tendremos que analizar las circunstancias. Las respuestas de mis compañeros son correctas SIEMPRE Y CUANDO existe sentencia civil con medidas acordadas, pero ¿Es el caso? si no es así, debe comenzar con los trámites de forma inmediata, para lo que le recomiendo se ponga en contacto con un abogado de su confianza que comience con un trámite de medidas provisionales previas a interposición de demanda o coetáneas a demanda.
Estamos a su disposición.
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Buenos días Don José Manuel.
Si usted tiene una sentencia que le reconoce un régimen de visitas tiene todo el derecho de ver a su hija cuando la sentencia fije, y si la madre no se la deja ver, debería de interponer una denuncia ante la policía por incumplimiento de la sentencia.
Por otro lado, si no tiene una sentencia que disponga lo anterior, tiene derecho a ver a su hija, pero no tiene mecanismo legal alguno para exigir a la madre que le deja verla, por lo que deberá de presentar una demanda en el juzgado.
Esperando haberle orientado y estando a su disposición, reciba un cordial saludo.
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Si existe una Sentencia judicial que le ha establecido un régimen de visitas para poder tener en su compañía a su hija, y su ex le impide ese contacto, puede presentar una denuncia directamente en Comisaría o en Juzgado por esos hechos.
Igualmente, puede presentar una demanda de ejecución en el Juzgado que dictó la Sentencia, poniendo de manifiesto los impedimentos de su ex para poder visitar a su hija.
Atte.
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