¿Cómo puedo exigir que el presidente de mi comunidad cumpla lo aprobado en acta?
Realizada por miguel. 17 ago 2015
Buenas tardes, les comento un caso de mi comunidad en Málaga.
Hace dos años se desestimó en la junta la colocación de aires acondicionado en zona comunitaria al no alcanzarse la unanimidad (había que modificar estatuto). A pesar de eso, doce vecinos ya han hecho el traslado de sus máquinas. El presidente tiene constancia por e-mail pero no hace nada para evitarlo. Hace unos días se ha celebrado asamblea en la que yo incluí un punto para que se tomasen medidas legales pero se ha votado en contra.
El presidente reconoce que no se puede realizar el traslado de las máquinas pero dice que es un tema personal mío, que nadie más se ha quejado y que no va a actuar. ¿Tiene el presidente la obligación de actuar de oficio para que quiten las máquinas? ¿Qué acciones legales podría tomar yo para que así sea? Gracias.
Un cordial saludo
Respuesta enviada
En breve comprobaremos tu respuesta para publicarla posteriormente
Ha habido un error
Por favor, inténtalo de nuevo más tarde.
Mejor respuesta
Esta respuesta le ha sido útil a 6 personas
Buenas noches,
Si el presidente no está dispuesto a hacer nada, y como usted dice, los estatutos prohiben la colocación de los aires acondicionados, lo más conveniente para usted es enviar notificaciones de manera individual a los propietarios basándose en la prohibición prevista en los estatutos, si los vecinos persisten en su actitud, presente una demanda usted mismo, al ser una actividad prohibida por los estatutos ganará la demanda y condenarán a los propietarios a pagarle a usted sus gastos de abogado y procurador.
En relación con lo que pregunta le precisamos lo siguiente: 1) Si la comunidad no hace nada, algo que suele ocurrir con bastante frecuencia, está legitimado como propietario para accionar y fundamentar su reclamación en el acuerdo comunitario que afirma no se está cumpliendo; 2) No obstante, antes de eso, le aconsejamos que trate de forzar que la Comunidad sea la que se mueve para tratar de resolver el conflicto extrajudicialmente o en la vía judicial si es necesario.
Buenos días,
El presidente debe ejecutar el acta si el mismo no ha sido impugnado. En caso de no hacerlo, está haciendo dejadez de funciones.
Lo que debería hacer usted es demandar a la comunidad y seguramente también al presidente de la comunidad.
Un saludo y quedamos a su disposición para un asesoramiento más personalizado.