¿Cómo puedo establecer el régimen de visitas de los abuelos?

Realizada por A. Alba Martín. 10 feb 2015

Hola. Quiero saber cómo se puede establecer el régimen de visitas de los abuelos cuando no se contempla en el convenio regulador de divorcio. Gracias

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Caso de régimen de visitas de abuelos.
Respuesta al caso:
El Código Civil es muy claro en esta materia: el artículo 160 regula que no pueden impedirse sin justa causa las relaciones personales del hijo con sus abuelos. Luego, se trata de un derecho inherente a los mismos. Por tanto, a través de una demanda dirigida a la autoridad judicial competente (Juzgado de lo Civil del territorio en cuestión) podrán solicitar que se regule la relación que debe existir entre ellos y sus nietos, basándolo precisamente en el artículo citado y el Juez resolvería atendiendo las circunstancias.
Sería conveniente que se evitara la vía judicial a través del mecanismo de la mediación. El mediador es un profesional que hablaría con todas las partes (los menores según su edad y criterio) para tratar de conseguir un acuerdo. En estas conversaciones sería conveniente que estuviese el abogado y, caso de no obtener el resultado esperado, ya quedaría expedita la vía judicial, con la asistencia de abogado, procediendo de la forma que se ha indicado en el párrafo primero.

MAZOTERAS ABOGADOS Abogado en Ciudad Real

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Buenas tardes doña Alba,

Puede instarse un procedimiento de modificación de medidas en el que establezca las visitas a favor de los abuelos. En caso de que no haya acuerdo, debería interonerse demanda contra el progenitor no custodio.
Quedamos a su disposición para concertar una cita en su caso.
Saludos
Arboleya Fanjul Abogados

Arboleyafanjul Abogados Abogado en Madrid

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Se puede obtener de mutuo acuerdo siempre y cuando se tenga la autorización de ambos progenitores, tanto el custodio como el que ostenta un derecho de visitas, dado que se deberá establecer un régimen de visitas que respete el régimen del progenitor no custodio y, evidentemente, el derecho del progenitos custodio de estar con sus hijos en los horarios y días de ocio también.

Si no hay acuerdo la única solución es mediante un demanda civil contra ambos progenitores, pero siempre sabiendo qeu es una demanda complicada cuando ya existe un pronuciamiento anterior de visitas (en el divorcio) y que deberán darse ciertos condicionantes para que un juez otorgue un régimen de visitas en favor de los abuelos en detrimento del derecho de los padres.

D&M Lawyers Group Abogado en La Orotava

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Buenos días,

Necesita pedirlo al Juzgado que resolvió sobre su divorcio. Si lo desea podemos asesorarle.

Barquin de Cozar Abogados Abogado en Barcelona

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Hay que solicitar su inclusión por resolucion judicial del juzgado de familia. Si quiere nos consulta gratuitamente y le damos presupuesto. Saludos

LopezMuñoz y Larraz, Abogados asociados con JLCasajuana Abogados Abogado en Madrid

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Si no es posible llegar a un acuerdo, la forma es mediante una demanda contra el progenitor que tiene la custodia, en la que se solicita un régimen de visitas para los abuelos. Si tiene alguna duda o aclaración puede contactar con este despacho, le ayudaremos. Un saludo.

Anónimo-223370 Abogado en Alicante

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Es necesario que los abuelos presenten una demanda ante el Juez Civil y contra los padres, solicitando dicho régimen de visitas. Muchas veces se logra llegar a un acuerdo en mediación y otras se acaba en juicio, pero existe el derecho de los abuelos a relacionarse con los nietos, por lo que es perfectamente posible interponer dicha demanda y conseguir que el Juez lo acuerde, sino concurre ninguna circunstancia que lo desaconseje.

CMV Advocats Abogado en Barcelona

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Tendría que presentarse una demanda por los abuelos para la fijación de medidas que les permitan relacionarse con sus nietos, ya que conforme establece el Código Civil en materia de relaciones familiares de los nietos con los abuelos, sólo por justa causa pueden impedirse las relaciones personales del hijo con sus abuelos,

Atte.

Despacho de Abogados Guzmán & Cubero Abogado en Madrid

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