¿Cómo presentar solicitud de subsidio con pensión de alimentos que no recibo?

Realizada por Rania. 29 ago 2012

En el convenio regulador que firmé con mi ex marido hace varios años, acordamos una pensión de alimentos para nuestro hijo y renunciamos, ambos, a cualquier pensión compensatoria. El tema es que él no ha podido (y es real que no ha podido) cumplir con la pensión compensatoria, dado que vive y trabaja en un país en el que se está aplicando, desde hace años, un control de cambio muy severo, que impide que él pueda enviarnos ninguna cantidad en ninguna divisa.


Hemos ido viviendo como buenamente hemos podido, pese a no recibir la citada pensión. En la actualidad estoy en paro y, si no encuentro empleo, voy a tener que solicitar el subsidio. Y, según parece, el hecho de tener reconocida una pensión de alimentos podría afectar incluso hasta el punto de que me denegaran el citado subsidio, pese a que dicha pensión no la estamos recibiendo por los motivos indicados.


¿Cómo debería presentar mi solicitud de subsidio, y qué documentación me aconsejan presentar, con el fin de demostrar que la situación es la que es? Tengo la total convicción de que mi ex marido no está actuando de mala fé. Por eso necesitaría saber cómo resolver ésto, sin necesidad de ir en contra de mi ex marido.


Muchas gracias por su atención. Un saludo.

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Al presentar la solicitud de subsidio, presnte una declaración jurada de no percibir este ingreso, qeu se complementaría con la comprobación a través de su IRPF. De todos modos, es posible que le soliciten acreditacion de qeu Ud. ha intentado ejecutar la sentencia y cobrar tal cantidad y no ha sido posible. Es mejor que se informe previamente en INSS para que le digan con carácter previo los documentos qeu UD. deberá presentar.

Asesores Legales Alcalá 59 Abogado en Madrid

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Si mi ex marido no pagara la pensión de alimentos por gusto, no dudaría en solicitar la ejecución de sentencia. Pero, en este caso particular, no puede pagar la pensión de alimentos porque existe un bloqueo económico en el país donde vive y trabaja. Si nos la pagara en su moneda local, de nada nos serviría porque dicha moneda no cotiza en los mercados internacionales y no podríamos cambiarla. Y él no puede cambiar su moneda a otra divisa porque no le es autorizado. Parece que existen mercados paralelos para la compra de dólares, pero su coste es de 3 ó 4 veces el valor real, razón por la que, con lo que gana, no es posible utilizar esa vía, además de que sería un delito duramente castigado.

Por ese motivo, creo que de cara al INSS debería bastar con probar (aportando copia de la normativa) que ese bloqueo económico existe, sin necesidad de pedir una ejecución de sentencia que pudiera perjudicar a mi ex marido, pues, en verdad, son las normas internas de un país las que no permiten que nos llegue la pensión de alimentos; no la voluntad de mi ex marido.

Gracias de nuevo por su atención.

Atentamente,
Rania

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Además de la declaración jurada, debe formular una demanda de ejecución ante el Juzgado que estableció la pensión de alimentos, para acreditar que efectivamente se le adeuda esa cantidad y que no ha percibe como ingresos de la unidad familiar la pensión de alimentos de su hijo. La ejecución civil también le conviene frente a Hacienda porque la pensión de alimentos se computan como ingresos suyos a efectos de IRPF, salvo que acredite que se le adeudan.

Reciba un cordial saludo.

Ana García Vázquez Abogado en Madrid

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