¿Cómo poder volver a mi país con mi hijo español?

Realizada por Cristina. 15 ago 2014

Hola a todos, me gustaría saber si alguien me puede ayudar con la situación que tengo. Llevo 9 años en España y tengo un hijo de 6 años con un español y hace dos he puesto fin a nuestra relación. Me atreví a denunciarlo por violencia de género después de tanto tiempo pasándolo mal. En el juicio me han dado la guarda del niño y la custodia compartida. Al día de hoy me encuentro viviendo de favor en casa de una vecina del pueblo, debido a mi situación económica puesto que el padre del niño jamás me ha pasado la manutención y me encuentro sin empleo, sin paro y sin ningún tipo de ayuda. El padre no me quiere autorizar a llevármelo a mi país pero tampoco quieren ayudar aquí teniendo ellos muy buenas condiciones de vida. Necesito irme urgentemente puesto que mi tiempo en casa de la vecina es hasta el mes que viene. ¿Qué puedo hacer con esta situación?

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Si su ex no le paga la pensión de alimentos, debe ejecutar la Sentencia a fin de que el Juzgado le embargue bienes para cubrir lo debido (nómina, saldo cuentas corrientes, piso, etc). Para ello precisa de abogado. Quedamos a su disposición.

V.Vivancos-Abogados Abogado en Barcelona

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Buenos días.

Lo que ha de hacerse es exigir el cumplimiento del Convenio Regulador. Por ello, si el otro progenitor incumple sus obligaciones en él contenidas, podrá presentar demanda reclamando la cantidad de dinero o las obligaciones que correspondan según el caso.

Respecto a lo de marcharse con su hijo menor de edad fuera del país sin el consentimiento de su otro progenitor debo recomendarle no hacerlo, puesto que si lo hiciera estaría cometiendo un delito de sustracción de menores, que será perseguido también en el otro país. Una cosa es que tenga usted la guardia y custodia y otra, muy distinta, es que le quiera privar al padre de su derecho de visitas y demás derechos y obligaciones que con su acción le impediría.

Deberá actuar como le he indicado y, a falta de acuerdo con el otro progenitor respecto a algún punto de los que me he referido, decidirá el juez en función de su buen criterio y al amparo de las circunstancias personales de cada uno y, sobretodo, del interés objetivo del menor.

Un saludo.

Despacho Borche Abogado en Palma de Mallorca

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