¿Cómo obtener la patria potestad si no puedo localizar al padre biológico?

Realizada por pakilu. 2 feb 2015

Hola, tengo dos niños y la guarda y custodia desde el 2006. El padre nunca me ha pasado pensión ni ha visto a los niños, tampoco sé dónde se encuentra y necesito tener la patria potestad porque mi marido los quiere adoptar. ¿Qué debo hacer?

Respuesta enviada

En breve comprobaremos tu respuesta para publicarla posteriormente

Ha habido un error

Por favor, inténtalo de nuevo más tarde.

Mejor respuesta

Buenos días Buenas Pakilu,

Se podría interponer el correspondiente procedimiento exponiendo que se desconoce el paradero del padre de sus hijos.

Si quiere una respuesta más personalizada no dude en contactar con nosotros.

Reciba un cordial saludo,

Departamento Procesal
Dolorier & Asociados Abogados

Anónimo-226992 Abogado en Madrid

1734 respuestas

874 votos positivos

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Caso de impago de pensión de alimentos así como incumplimiento de régimen de visitas a menores.
Respuesta al caso:
De la lectura del caso se deduce que existe una sentencia judicial que determina que el padre no está privado de la patria potestad y establece que la guarda y custodia es de la madre, así como un régimen de visitas y una pensión de alimentos para los hijos.
Si el padre no paga la pensión estipulada, hay que denunciarlo ante la autoridad judicial competente, así poner de manifiesto que el padre no visita a sus hijos, lo que podría tipificarse como un posible abandono de familia. Si no se dispone de la dirección de este progenitor, así se hará saber por medio de la denuncia y será el juzgado el que, a través de sus propios mecanismos, procediera a su localización. Ello podría conllevar una responsabilidad tanto penal como civil del denunciado.
De otro lado, y en virtud del artículo 175 del Código Civil, no puede adoptarse a un descendiente por lo que, el padre no podría adoptar a sus propios hijos. Lo que sí podría es solicitar al Juez, de forma fundada, el ejercicio de la patria potestad para que se ejerza de forma conjunta con la madre o distribuir entre el padre y la madre las funciones inherentes a su ejercicio (no hay que olvidar que si los padres viven separados, la patria potestad se ejercerá por el progenitor con quien el hijo conviva, con los derechos y deberes que ello conlleva, artículos 154 y 156 del Código Civil). Ahora bien, dadas las circunstancias del caso (el padre no paga pensión ni cumple el régimen de visitas con sus hijos), el Juez, con buen criterio, no estimaría esta pretensión.
Si se tuviera la posibilidad de contactar con el padre, interesando su dirección a través de organismos oficiales competentes (Policía, Seguridad Social….), podría existir la solución del mediador que es un profesional que hablaría con ambas partes para tratar de conseguir un acuerdo. En estas conversaciones sería conveniente que estuviese el abogado y, caso de no obtener el resultado esperado, ya quedaría expedita la vía judicial, con la asistencia de abogado.

MAZOTERAS ABOGADOS Abogado en Ciudad Real

2 respuestas

3 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Al presentar la demanda se piden medidas de averiguación que acaban con la localización del demandado (oficio a la TGSS, al DNI...). Es raro que esto no funcione. Se le emplaza y si no comparece se resuelve en rebeldía voluntaria. También puede Vd. instar un juicio de abandono paterno reclamando al Juez la privación de la patria potestad en un proceso de relaciones paternofiliales... En su caso el padre bastará con ser oído...

CEMBRANO Abogado en Madrid

21 respuestas

16 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Buenas tardes. Para iniciar el procedimiento, se establece que es obligatoria la intervención de Abogado y Procurador, siendo estos profesionales los que podrán asesorarle correctamente. Quedando a su disposición, reciba un cordial saludo.

Bufete de Ávila & Sacaluga Abogado en Cádiz

231 respuestas

83 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Hola Pakilu.
La patria potestad ya la tienes concedida en la sentencia del año 2006, lee el fallo de la sentencia y verás que dice que la patria potestad es compartida.
Si lo que deseas es que tu actual pareja adopte a tus hijos y quitarle la patria potestad al padre biológico entonces te aconsejo que lo cites en el domicilio que conocías, el domicilio que consta en la demanda por la que te concedieron la guarda y custodia y en el 2006.
Si ya no vive ahí te lo dirá el juzgado, que la citación es negativa y facilites otro domicilio, y entonces tu abogado responderá que no conoces el domicilio actual y que se averigüe mediante los organismos oficiales, por ejemplo el domicilio que figura en su declaración de hacienda, trafico etc, si por esa vía no lo localizan se haría mediante edictos.
Tu abogado te asesorará cuando interpongas la demanda, no te preocupes.

Ana Fidalgo Sosa Abogado en Las Palmas de Gran Canaria

62 respuestas

44 votos positivos

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Buenos días,

Se podría presentar una demanda dolicitando la patria potestad pero es conveniente que se ponga en contacto con nosotros para conocer los detalles de su caso.

Quedamos a su disposición para concertar una cita

Un saludo,

Arboleya Fanjul Abogados

Arboleyafanjul Abogados Abogado en Madrid

155 respuestas

73 votos positivos

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Hola Pakilu, en base a lo que dices no queda muy claro lo que pretendes. Veras me explico. La Patria Potestad es hablando pronto y mal, el derecho y la obligación de quien la ostenta a decidir y asumir todo aquello que afecte al menor ( decisiones académicas, medicas, etc...).
Por lo tanto, si tienes la guardia y custodia ya tienes la patria potestad de los menores. Ahora bien, deduzco que el padre también tiene la patria potestad y lo que pretendes es que deje de tenerla.

En ese caso tendrás que plantear una modificación de medidas explicando el estado de abandono de los niños por parte de su padre y el juez decide, aunque no debes olvidar que el juez mirara siempre desde el punto de vista de los niños y no del tuyo.

Por ultimo, en cuanto a que los quiere adoptar, no lo entiendo porque aunque no se haga cargo de ellos es su padre y por lo tanto no cabe adopción. Imagino a que se refiere que pretende pedir la guardia y custodia. En ese caso, si tiene la relación que tiene con sus hijos no lo tiene crudo, además, como ya le he dicho el juez siempre mira por el interés de los hijos y no de los padres.

Ponga se en contacto con nosotros y estaremos encantados de llevar su asunto, pidiendo incluso el pago de la pension de alimentos que no abona, así como los atrasos.

Anónimo-181705 Abogado en Bosque (El)

96 respuestas

88 votos positivos

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

A través de un procedimiento judicial rapido y economico el Juzgado se encargará de oficio de la averiguacion del domicilio y se lo trasladará para establecer los parametros de la posterior demanda de reclamacion de alimentos, de cumplimiento del regimen de vistas o de lo que posteriormente decida ejercitar judicialmente.

Atentamente.

Luiuris Abogados Abogado en Valencia

433 respuestas

266 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Debe de interponer un procedimiento de modificación de medidas solicitando la patria potestad.
Atentamente

Are2 Abogados Abogado en Madrid

80 respuestas

53 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Explica tu caso a nuestros abogados

Haz tu consulta de forma anónima y recibe orientación legal en 48h.

50 QANDA_form_question_details_hint

Tu pregunta y sus respuestas se publicarán en el portal. Este servicio es gratuito y no sustituye a una sesión de asesoría profesional.

Enviaremos tu consulta a expertos en el tema que te ofrecerán llevar tu caso personalmente.

El precio de la sesión de asesoría no es gratuito y estará sujeto a las tarifas del profesional.

El precio de la sesión de asesoría no es gratuito y estará sujeto a las tarifas del profesional.

Introduce un apodo para mantener tu anonimato

Tu consulta está siendo revisada

Te avisaremos por e-mail cuando esté publicada.

QANDA_form_question_already_exists_ttl

QANDA_form_question_already_exists_txt

abogados 10700

abogados

preguntas 32250

preguntas

respuestas 62650

respuestas