¿Como liquidar-extinguir una sociedad mercantil disuelta de pleno derecho?
Realizada por Tercero-Ajeno. 11 feb 2015
Una sociedad mercantil SA (Sociedad anónima, creada según unos estatutos básicos en 1988) en los que se aportaron una serie de bienes como capital. Maquinaria, casa, unas fincas rusticas y dinero. Esta sociedad son 4 socios Uno de ellos con el 78% y los otros tres restantes con 8 y 7 y 7% respectivamente. En el año 1996 pasa a estar como "Disuelta (de pleno derecho)". El socio principal tiene deudas, y esta huido del país, en el extranjero aunque ha dado un poder a uno de los socios el del 8%. Al administrador principal de esa sociedad se le embargó todo, la casa y Maquinaria y el dinero...lo perdió todo. Y por anuncio en el BOE hacienda anuncia también el embargo de una serie de fincas rusticas. Consultadas dichas fincas rusticas en el registro de la propiedad aparecen todas ellas "libres de cargas" y nunca han sido actualizadas con dicho embargo y tampoco han salido en pública subasta ni nada de nada. Al parecer son fincas muy antiguas sin actualizar su referencia catastral y sin haber por tanto sido notificado cambio alguno. Al parecer, esta sociedad en este estado de "Disuelta de pleno derecho" tiene personalidad jurídica, y sigue existiendo y pudiendo actuar hasta que no se disuelva o liquide la sociedad...y esta fincas por tanto siguen siendo de su propiedad. Para mí es como que todo se ha parado el tiempo y esta todo bloqueado. Dichas fincas rusticas podrían haber salido a pública subasta y no lo han hecho ni lo harán mientras no se desbloquee la situación. Mi pregunta es cómo puedo hacer para que se inicie el proceso de liquidación y extinción de dicha sociedad, sin ser deudor ni acreedor ni formar parte de la sociedad. Soy un tercero externo ajeno pero que tiene interés en que se resuelva la situación; que pasos u opciones hay o es posible realizar para que se extinga dicha sociedad. Es posible hacer algo en ese sentido. Puedo denunciar, iniciar algún tipo de proceso para que esta situación se desbloquee y se resuelva de alguna manera. Que se avance. Me consta que nadie va a hacer nada, ni deudores, ni acreedores ni ningún socio de la sociedad prefieren que se quede así por los restos de los tiempos.
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Buenas tardes.
Con carácter previo a darle una respuesta, deberíamos conocer el motivo de su pretensión.
Si lo desea, puede contar con nuestro asesoramiento. Bufete De Ávila&Sacaluga.
Buenos días! Podría plantear un concurso...pero para obtener respuesta precisa habría que analizar todas circunstancias..
Le propongo concertar cita con mi despacho jurídico.. para asesoramiento completo.
Nos ponemos a su disposición.
Un saludo.
Abogada Matgar.
En principio no puede hacer nada si no es acreedor ni forma parte de la sociedad. No obstante, si le interesan las fincas embargadas, puede plantearle al acreedor que embargó las fincas que agilice la subasta porque le interesa pujar.
Si no tiene interés legitimo en la sociedad no puede plantear su liquidación. si lo desea se puede poner en contacto con nosotros y explicarnos el motivo por el que desea que se liquide la sociedad, en que términos le, afecta para poder hacer un asesoramiento mas personalizado.
La liquidación de una sociedad mercantil requiere de una serie de pasos que deben ir decidiéndose por las Junta General de Socio y los liquidadores que se nombre. En defecto de lo anterior, entiendo que si no es ni socio, ni acreedor ni persona con interés legítimo no puede instar la liquidación de la sociedad ante los tribunales. No obstante, dada la complejidad del asunto, una respuesta definitiva requeriría de un estudio detallado del caso.
Quedo a disposición, un saludo
Lo que plantea es una cuestión compleja que requeriría de un estudio más detallado de la legislación mercantil, pero en mi opinión sólo pueden instar la liquidación judicial de la empresa ante los Juzgados de lo Mercantil quienes acrediten un interés legítimo en dicha liquidación, y siendo un tercero ajeno totalmente a la empresa, puede que sea difícil acreditar dicho interés.
Pero ya le digo que es mi opinión personal a bote pronto, para una opinión más segura y lo más versada en derecho posible, le aconsejo que contrate los servicios de un abogado especialista que estudie el caso en detalle.
Un saludo y quedamos a su disposición.
Juan Vicente