¿Cómo hago para que mi ex pague su parte de la hipoteca?

Realizada por M Carmen Morales. 22 jul 2014

Hola, mi situación es la siguiente, tengo una vivienda con mi expareja que desde que nos divorciamos no se hace cargo de su parte de la cuota del préstamo, lleva casi 4 años sin aportar nada y no puedo dejar de pagarla porque mis padres y los suyos son avalistas. Mi sueldo no llega para pagar todo y temo que embarguen a mis padres. El banco me dice que esa situación es personal y que si se produce el impago de las cuotas directamente recurrirán a los bienes de mis padres, y no admite la dación en pago ya que hay avalistas. Estoy desesperada y ningún abogado ha logrado solucionarme nada. Lo denuncié y no recibe las notificaciones en su domicilio porque se mudó y no sé dónde vive. Trabaja pero no está dado de alta. Ayuda por favor.

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Lo único que puede hacer es demandar a su ex: si Vd paga la totalidad de las cuotas a fin de evitar que el banco ejecute la hipoteca, Vd puede demandarle a él reclamando la mitad de lo pagado en su nombre. Si no paga ni se le pueden embargar bienes (nómina, saldo cuentas corrientes, etc) Vd podría embargar la mitad del piso propiedad de él a cuenta de lo debido. Somos un despacho de abogados de Barcelona, quedamos a su disposición.

V.Vivancos-Abogados Abogado en Barcelona

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Necesitaríamos saber si la vivienda la compraron antes de celebrar el matrimonio y por lo tanto la tienen en comunidad de bienes o si fue comprada constante el matrimonio y entonces saber el régimen matrimonial que tienen, si gananciales, separación de bienes u otro. En todo caso si se puede reclamar al cónyuge que contribuya al sostenimiento de las cargas del matrimonio o al copropietario que contribuya a los gastos de conservación conforme al art. 395 del Código Civil. Si lo desea puede contactarnos para mayores aclaraciones.

Miguel Angel Barona Sellés - Legalvalencia Abogado en Llíria

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Su situación es muy dificil, es complicado porque cuando no se da notificado a una persona el Banco al tener responsabilidad solidaria va a ir contra quien pueda asumir esas deudas sean los interesados o los avalistas, aunque en un futuro si el sigue sin hacerse cargo podrá usted reclamarle esas cantidades que ha pagado de su parte.

Saludos,

Ana López Giráldez Abogada Abogado en Santiago de Compostela

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